Habitualmente los accidentes de tráfico se ocasionan por los mismos usuarios de la vía. Ya sea por descuido, por imprudencia o por causas externas (circunstancias meteorológicas) los conductores o peatones son responsables del origen de la mayoría de accidentes. Pero, ¿qué sucede cuando el accidente se produce por la dejadez de la administración en el cuidado de los elementos viales? ¿o por la mala señalización? ¿o por los defectos de construcción de los viales? Nuestros abogados especialistas en Administrativo lo explican.
Responsabilidad de la Administración
La Administración en determinadas circunstancias también debe responder de los daños que ocasiona a quien sufre el accidente. La jurisprudencia exige:
- Lesión o perjuicio: obviamente si no existe perjuicio no hay nada que indemnizar.
- Hecho imputable a la Administración Pública: Por lo tanto se exige que la Administración tenga la obligación de evitar ese hecho que produce el accidente y por otro lado que no exista alguna circunstancia que ecluya su responsabilidad, como pudiera ser la fuerza mayor.
- Nexo causal: Es imperativo que la relación entre el perjuicio y el hecho estén vinculados por un nexo inmediato, directo y exclusivo.
La necesidad de esa relación «exclusiva» en el nexo ha llevado a que en muchas ocasiones se desestimara la pretensión indemnizatoria por el sólo hecho de intervenir un tercero en la producción del daño. No obstante desde Abogado Amigo entendemos que en aquellos casos en los que, aun participando un tercero, el daño no se hubiera ocasionado sin la negligencia administrativa la responsabilidad es exigible.
Responsabilidad patrimonial de la Administración
Es decir, la actuación de un tercero puede desescadenar el accidente pero el punto fundamental para determinar la responsabilidad vendrá determinado por el hecho de que si la administración hubiera cumplido con diligencia sus obligaciones, a pesar de ese hecho de tercero, el accidente no se habría producido o no habría ocasionado el perjuicio efectivamente sufrido.
En esta línea expuesta encontramos algunas sentencias en las que empieza a reconocerse la necesidad de reconducir estas situaciones a una «concurrencia de culpas» en la comisión del hecho generador del daño.
Daniel.
La valoracion de casos personales se realiza a traves de consulta jurídica.
Buenas, resulta q son fiestas del municipio, y hay encierros por las mañanas y cuando terminan dejan los tablados colocados menos en los cruces para q circulen los coches.
Pues bien, al atardecer el sol cegaba dentro del coche y se veia con cierta dificultad la calzada (pero se veía la acera con más facilidad). Resulta q en la salida de las reses el primer vallado empieza a 3/4 de calzada y dese ahí (en diagonal) se va abriendo hasta estar paralelo con las fachadas de los edificios; y me choqué lateralmente con dicha valla. No se encuentra señalizado ni nada. Ganaría algo (reparación de vehículo o lo que sea) reclamando al ayuntamiento y como?? Gracias
Murielle;
no vemos qué relación puede tener la existencia o no de quitamiedos con la causa del accidente. Su abogado lo valorará.
Buenas, volque el coche por no haber quitamiedo, el ayuntamiento debe de hacerse cargo y indemnizarme?? Gracias
Hola Wendolin:
Si la administración no actuó con diligencia adecuada, puede derivar la responsabilidad de la administración. Debe valorarlo con su abogado para determinar si es comprobable y probable la negligencia administrativa.
Un saludo
El pasado 26 de octubre 2012 tube un accidente en la autovia de cordoba el tramo conocido como la cuesta del espino,nos comento el guardia civil que ese dia en ese tramo huvieron 8 accidentes mas,cuando mi novio se puso a recoger piezas del coche se dio cuenta que havian restos de otro coche y cuando retiro la grua el coche abian retos de aceite y anticongelante ect y alli no fue nadie a limpiar eso.ibamos a una velocidad 70 a 80 en una autovia y llovia muy poco,mi novio le parecio ver una mancha en el suelo antes de deslizarnos hacia la mediana,no havia nada señalizado nada y restos de otros coches,yo creo que fue por que la via no estaba bien limpia.y ahora nos envian el atestado y pone que fue por velocidaddd xd como se quitan las pulgas de encima,encima el perito me ha peritado el coche en 8000e y dice que si quiero recurrir que tengo que ir a uno de pago encima.aver si alguien me puede asesorar gracias
Buenas tardes Manuel:
Si el poste no respeta las distancias y servidumbres establecidas para la colocación de esos elementos, podría procurarse la responsabilidad de la compañía eléctrica por colocarlo incumpliendo esa normativa.
En nuestro despacho tenemos abogados profesionales para poder afrontar cualquier tipo de controversia juridica. Si necesita nuestros servicios no dude en contactarnos y pedir una cita en nuestros despachos: https://www.abogadoamigo.com/contacto/
Saludos
Hola: Un familiar mio a tenido un accidente de moto, le explico: Iba con su moto cuando colisiono con un poste de la compañía eléctrica. El referido paste ocupa parte del camino lo que dio lugar a que mi familiar tuviera un accidente mortal. Digo mortal porque no sabemos si saldrá ileso. Pues tiene varias roturas de cráneo, rotura del cubito y de radio….
Quisiera saber si esto pudiera ser defendido. En cuyo caso, se harían ustedes con el caso. Espero que esto sea una pregunta gratis de lo contrario no me contesten.
Un artículo interesante, aunque por desgracia es sobre papel en la práctica y lo digo con conocimiento de causa no es tan sencillo. Mi prima sufrió un accidente de tráfico ocasionado precisamente por negligencia del ayuntamiento de Salamanca en Enero del 2010 por el hielo existente en la propia ciudad después de una intensa nevada. El ayuntamiento no tuvo la precaución de arrojar sal sobre las carreteras. A fecha de hoy todavía está pendiente de juicio para al menos obtener los gastos económicos que le ha supuesto ese accidente. Lo cierto es que se están pasando «la pelota» unos a otros, es decir Ayuntamiento y Compañía de Seguros. La han aconsejado que lo tramite por la vía civil porque por la penal no va a recoger nada. ¿El motivo?. Mi prima mientras conducía fue embestida por detrás por otro vehículo que perdió el control a consecuencia del hielo. Ambos salieron de los vehículos para tomar nota y justo en ese preciso instante otro vehículo que circulaba también perdió el control dejando empotrada entre los dos coches a mi prima. Se acogen a que no llevaba chaleco reflectante en el momento del accidente y que por tanto incurría en una falta o delito. Lo irónico es que todavía la informan que quizás tenga ella que responder de los daños..pero ¿cómo es posible tanto despropósito?
Es una muy buena reflexión, en la que caen demasiado pocos.
Es demasiado fácil comentar que dos vehículos han colisionado, pero mas allá de eso, posiblemente han podido haber detalles que hubieran evitado esta catástrofe.
¿Cuántos cruces en ciudades transitadas hay sin señalizar correctamente? ¿Cuántas calles, directamente, no disponen ni de señales? Hablando de los peatones… ¿Por qué infinidad de pasos de cebra no se ven a menos que fuerces la vista para intentar localizarlo?
Es cierto que muchas veces somos los propios conductores los que caemos en una mala conducta vial, pero desde luego, más de un accidente o «susto» se podrían haber evitado si hubiesen invertido un poquito más en la zona en cuestión.
Muy buena pregunta e interesante entrada…. muchas veces nos ha pasado eso en la carretera, por fortuna no hemos tenido ningún tipo de accidente, pero siempre me he preguntado, si hay un mecanismo para denunciar este tipo de imprudencia/dejadez de la administración. Me alegra leer que ya hay sentencias que toman encuenta estos aspectos y ojalá sirva de precedente para que no abandonen las vías y eviten realmente los accidentes.