Libera las deudas acumuladas gracias a las facilidades de condonación que ofrece la Ley de Segunda Oportunidad
El Bufete Abogado Amigo tiene una amplia experiencia en la gestión de procedimientos de Ley de Segunda Oportunidad en Salamanca o concurso de acreedores para personas físicas a través de su Departamento especializado en Concursos de Acreedores. La reciente crisis del COVID-19 y su impacto devastador en la economía hace más necesario que nunca la utilización de todos los recursos jurídicos que el ordenamiento pone en nuestra mano para defender nuestro negocio o, si es necesario, liquidar de forma ordenada nuestro patrimonio.
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Ley de Segunda Oportunidad en Salamanca
Los mecanismos de 2ª oportunidad tienen como finalidad que particulares y autónomos puedan superar una situación económica adversa sin descuidar del todo la posición y el derecho de cobro de sus acreedores. Para ello, el objetivo es que pueda renegociar sus deudas o incluso obtener una exoneración de las mismas.
Pero ojo!!! No se trata de dar “carta blanca” a cualquiera que tenga deudas para no pagar a sus acreedores, sino de valorar la situación económica y crediticia de cada particular, qué le ha llevado a esa situación y cómo , si ha sido cumplidor en la medida de sus posibilidades, puede tener la oportunidad de comenzar de nuevo sin arrastrar su mala situación económica de manera permanente.
Desde nuestra sede en Salamanca actuamos en todos los juzgados de Castilla y León teniendo amplia experiencia en la tramitación de solicitudes de Ley de Segunda Oportunidad en Zamora, Segovia, Valladolid y Ávila entre otras muchas provincias.
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Concurso de acreedores de personas físicas en Salamanca
Es decir, que para poder acogerse a este mecanismo es necesario cumplir ciertos requisitos, que son los siguientes:
- La premisa básica es que haya instado un procedimiento de concurso de acreedores, según la ley concursal de 2003, y que ese concurso haya finalizado y sea calificado como fortuito o no culpable. Podéis ver las diferencias en la calificación del concurso en otro de nuestros posts.
- Que ese concurso, además de ser fortuito, haya acabado por liquidación o por insuficiencia de la masa activa para satisfacer el pasivo. Éste es un requisito lógico, ya que, si hubiera habido suficiente activo para pagar el pasivo, no quedarían deudas pendientes.
- Que no haya una sentencia por delitos económicos (contra hacienda pública o seguridad social, falsedad documental, delitos contra derechos de los trabajadores ….) contra el deudor en los 10 años anteriores a la declaración d concurso.
- Que como mínimo haya intentado un acuerdo extrajudicial de pagos
- Y que haya hecho frente a una buena parte de los créditos, aunque no haya llegado a satisfacer todos. Este último requisito es muy poco frecuente que se cumpla, ya que partimos de la base de que el deudor es insolvente y no tiene con qué pagar. Por eso, alternativamente a este condicionante, también se valoran otros hechos como que no haya acudido a este mecanismo en los 10 años anteriores o no haber rechazado ofertas de empleo en los últimos 4 años.
¿En qué consiste la Segunda Oportunidad en Salamanca?
Si concurren al menos estas exigencias, el deudor podrá presentar la solicitud de exoneración del pasivo insatisfecho ante el Juez del concurso y esperar a la admisión a trámite que tiene que llevar a cabo el Letrado de la Administración de Justicia.
Empezará entonces la verdadera tramitación del mecanismo de 2º oportunidad, tutelada por el juez, pero con la posibilidad de emplear la figura de un mediador concursal que intentará alcanzar el acuerdo con los acreedores.
Además, por si lo pudieras necesitar, recuerda que también contamos con abogados especialistas en tráfico y alcoholemia en Salamanca.
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