Quizá una de las situaciones que mayores conlictos según nuestra experiencia mayores conflictos crea entre los coherederos (ya sean estos familiares o no) es la copropiedad de determinados bienes, fundamentalmente inmuebles, que se les ha adjudicado como consecuencia de la partición de la herencia.
Comunidad de herederos
En unos casos esta comunidad se configura por las propias limitaciones a la facultad de hacer testamento que imponen las legitimas tal y como hemos estudiado en anteriores ocasiones en este mismo blog. Los herederos forzosos (los hijos y descendientes, los padres y ascendientes o el conyuge viudo) se ven obligados a compartir por la disposición del causante. En aquellos casos en los que no puede realizarse a cada uno la adjudicación de bienes independientes que cubran su cuota hereditaria (un bien o una cantidad para cada uno) no queda más remedio que constituir la comunidad sobre el bien hereditario.
Cuando las circuntancias económicas permitan con cierta facilidad vender ese bien, la solución más fácil sera enajenar ese activo y repartirse el dinero entre los miembros de la comunidad hereditaria.
Comunidad hereditaria
Hoy sin embargo las dificultades para vender los bienes inmuebles son conocidas por todos por lo que los herederos se vean presos en una cotitularidad que en muchas ocasiones impide la utilización del bien, da lugar a abusos o se bloquean la toma de decisiones por los herederos minoritarios.
Por esto, desde el primer momento es muy aconsejable configurar unas reglas escritas y claras en donde quede constancia de los derechos y obligaciones de cada uno de los herederos con el bien compartido que permitan a los demas reclamarles su cumplimiento si llegare el caso. Recordemos a este respecto que los acuerdos de administración adoptados por los que representen la mayoría de intereses son obligatorios para todos, pero no así los actos de disposición que requieren el consentimiento de todos. Además no puede uno sólo modificar la cosa común incluso aunque se derive beneficio para los demás.
Siempre que sea posible es mejor desarrollar una negociación por profesionales expertos en herencias y sucesiones que permita evitar llegar a la comunidad aunque sea pagando a los «herederos minoritarios» su interés en metálico.
Si quiere organizar su herencia y asegurarse de la legalidad y oportunidad de todos sus mandatos acuda a abogados expertos en Derecho de Sucesiones. Para evitar controversias sobre sus disposiciones hereditarias es fundamental contar con el asesoramiento indicado para encuadrar cada una de sus voluntades en la categoría jurídica más apropiada.
Si por el contrario es heredero y necesita defender sus derechos, cuente con el respaldo de un abogado con sólida formación en materia Civil y Sucesoria.
En Abogado Amigo estaremos encantados de poder ayudarle: Contacte con nosotros
Carlos, si la partición ya está hecha, poco pueden hacer. Deberían haberse asesorado antes de partir.
Buenas tardes,
Han fallecido mis padres y han repartido la herencia de forma que a mi hermano y a mí (con dos hijas cada uno) nos han correspondido dos quintas partes a cada uno y a mi sobrino, hijo único de mi otra hermana fallecida, le ha correspondido otra quinta parte.
La herencia consiste mayormente en un piso en Toledo, pero mi sobrino no está conforme y amenaza con bloquear la venta de éste si no le damos un tercio del valor total de la herencia.
Hay algo que podamos hacer para evitar esta extorsión?
Muchas gracias
Lidia:
La ocupación de la casa no le da más que una situación posesoria de hecho. Cuando comiencen el juicio para la división de la herencia se determinará el uso que deba darse a los bienes, sin perjuicio de que la ocupante de la casa deba compensar a los demás por ese uso que ha realizado.
hola a continuacion voy a detallar la situación. Una casa cuyo propietario y su esposa murieron hace muchos años . Tuvieron tres hijos ( A, B, C,).
A…. siempre vivió en esa casa con su mujer y sus 4 hijos , y su madre y padre ( los dueños estos últimos ). Actualmente A fallecido y su viuda sigue viviendo en la la casa, junto a una de sus hijas separada y con una niña menor.
B…. Fallecido . Casado sin descendencia.
C…. La única viva.
C y la viuda de B….. Han puesto un demanda de juicio verbal precario a la viuda de A.
¿ pueden presentar la demanda sin contar con el resto de los herederos?
¿ pueden hacer algo el tercio de los herederos disconformes?
¿ tiene algún derecho la viuda a permanecer en la vivienda , por lo menos hasta que se lleve a cabo la repartición de la herencia. Ya que hasta el momento la casa sigue estando a nombre de primer propietario?
Javier:
no existe unidad de participación hereditaria. Son herederos cada uno en su porción. Puede ser cargo cualquier persona que tenga condición de heredero.
Hola, a ver si alguien me puede resolver esta duda de la que quedaría muy agradecido. Tenemos formalizada una Comunidad de herederos o hereditaria constituida por 9 hermanos mas 3 sobrinos de un hermano fallecido (9 +1/3+1/3+1/3). Tenemos nombrado un presidente y una secretaria/administradora. La figura del Presidente recae en uno de los hermanos y la de secretaria/adminastradora en uno de los sobrinos (1/3). La pregunta es la siguiente: de haber junta de herederos para votar nuevo presidente ¿lo podría ser otro sobrino tambien? ¿o no pueden caer 2 cargos directivos sobre una parte que representa menos de la unidad de participacion hereditaria? Muchas gracias
Consuelo.
Ningún derecho tiene por atender a su madre. Deberá reclamar su parte de la herencia a través de procedimiento judicial con abogado y procurador.
Hola yo he vivido los ultimos 15 años con mi madre hasta los ultimos 6 meses de su fallecimiento por que ella se junto con un señor por lo que vivimos 5 años con el pero los ultimos seis meses antes de morir por conflictos con el nos fuimos .Mi madre estubo casi cuatro años muy enferma de cinco hermanos solo yo la atendi pues una llebaba 8 años sin hablarle .la otra vivia cerca y solo venia 10 minutos para verla .El otro hermano venia cada tres o cuatro meses y la otra un mes al año pues vive fuera de valencia .El tema es que de los cuatro años enferma ninguno me han ayudo a sustentar y cuidar a mi madre y a mi padastro pues tenia 80 años por lo que me he visto sola cuidandolos y he permanecido cuatro años sin poder trabajar para cuidar a mi madre .Ellos alegan que yo como vivia con ella y no pagaba alquiler me correspondia el derecho de cuidarla por lo que yo he discutido que eso no esta claro.Pero. aun asi cuando mi madre fallecio el piso se puso en alquiler a este hombre que estaba con ella .mis tres hermanos abrieron una cuenta bancaria anombre de los tres por que dijeron que solo podian estar ellos .El problema es que durante un año a mi no me han dado explicacion del dinero que dejo mi madre de lo que ha regenerado el alquiler ni de pagos nada mas que lo que se pago del notario la sucesion de herederos .No me dan recibos ni pagos ni me demuestran nada de nada .por lo que no se que hacer y cuales son mi derechos por ocultarme todo pues no me dan llaves de la casa y solo entran ellos sustrayendo parte de propiedades que dejo mi madre en su casa y ami no me han consultado que puedo hacer y si puedo reclamar los derechos por falta de cumplimiento de no subsistir a mi madre durante cuatro años de enfermedad o por lo contrario tienen derecho a que como yo vivia con ella ellos no le prestaran ayuda para mi pues por causa de eso ellos han tenido sus trabajos y cuidado de sus hogares y yo no pude por darle sustentos y cuidados a mi madre que puedo hacer decirme porfabor gracias.
Anonimo:
No, necesitará el acuerdo de todos para vender sin partir. Si no lo tiene, deberá iniciar un procedimiento judicial de partición de herencia
Hola, buenas tardes. Mi problema es el siguiente, somos 4 hermanos. Yo estuve viviendo con mi madre hasta el fin de sus días ya que estaba enferma. Mi madre hizo testamento antes de morir, dejándome como heredera universal y dejando a mis hermanos la legítima correspondiente y con la condición que esa legítima se la devolviera a mis hermanos en metálico.
Pues bien, el bien de mi madre era una casa la cual solo le corresponde el 16% y un terreno rústico donde no se puede edificar ya que sólo son 1000.
Tres de los cuatro hermanos estamos de acuerdo en vender ya que la casa se ha caído el tejado y lleva años abandonada junto con el terreno, pero mi hermana se impone a vender.
? Puedo vender aunque ella se niegue? Porque no tengo dinero para pagarles su parte proporcional.
Hola Maria:
Tiene que pagar la quinta parte y usted tendrá que vender con ellos y cobrar la quinta parte. Siempre puede reclamar judicialmente la división de la cosa común.
soy Soy
Hace varios años murió mi padre y me dejó una casa en el pueblo que tengo que compartir con otros cinco harmanos.
Nos ha salido un comprador pero mis hermanos no quieren venderla porque dicen que para regalarla mejor dejarla caer.
Yo les digo que me den la parte que me corresponde y se queden com ella pero no quieren.
Los gastos los pagamos entre todos,agua luz, ibi mantenimiento.
Les digo que como ni quieren venderla, ni quedarse con ella, que voy a dejar de pagar ,agua luz y mantenimiento ya que no voy a la casa y otros si lo hacen.
Quisiera saber:
¿Si un dia venden la casa pueden dejarme sin mi parte?
¿Que gastos estoy obligada a pagar?
Yo les digo que me den la s
Hola Elena.
Deberá contactar con un bufete especialista en herencias de su pais para que pueda asesorarle de las acciones a tomar conforme a la ley del difunto.
Saludos
Soy peruana radico en Belgica mas de 40 anos, tengo 2 hermanos que viven en el Perù (Lima, mis padres ya fallecieron y nos dejaron como herencia una casa de 2 pisos. La casa fué ocupada con acuerdo nuestro bajo promesa a mi madre antes de su muerte.
Este hermano es soltero sin hijos. Este hermano ocupo siempre la casa de mis padres sin problema.
Actualmente mi otro hermano qwue tiene su casa propia a tomado pocision de la casa para meterlo a su hijo mayor con toda su familia. Mi hermano copropietario de 33.33% de la casa como los demas hermanos, sin ninguna consulta ni nada, paso por la cabeza de mi hermano que habita la casa y este sobrino que a mi punto de vista no tiene porqué tomar pocision de la casa ha comenzado a transformar la casa como si se trartara de su propia casa. Pero yo pienso que el debiera haberme hablado a mi y a mi hermano, y si aceptabamos hacer un minuta notariada con todas las reglas a respetar. Me estoy informandome cuales son mis recursos a hacer valer, me siento ultrajada. Muchas gracias por la informacion.
La verdad es que este tema es muy problemático… Es cierto que hay que fijar de antemano las «reglas» a seguir en el caso de cotitularidad, pero… ¿y si una de las partes se niega a tal? ¿cómo se podría encauzar la situación?
Ojalá mas de uno hubiera empezado por aqui… Mas vale información en mano, que cientos de insultos y descalificaciones, y euros gastados tontamente por letigios sin pie ni cabeza.
El tema de las herencias, cuando no hay acuerdo entre herederos, es muy interesante. Como también lo es la falta de acuerdo entre co-propietarios que pretenden dejar de serlo (ya sean matrimonio, pareja de hecho o ex-amigos).
Os invito a tratar este tema en una de vuestras próximas publicaciones, siempre muy claras y formativas.
es complicado el caso de las herencias ,si no lo dejas bien atado el testamento ,menos mal que os tenemos a vosotros los abogados ,para solucionar cualquier duda al respecto,ya veremos que pasa en mi familia cuando no este mi padre ,por que ya tenemos una hermana conflictiva….
muchas gracias por el artículo .
Esto nunca terminara los problemas de herencia són infinitos y tardan mucho en solucionarse en la familia de mi mardido llevan 4 años con un problema de herencia y ahora han recurrido…….asi que a esperar otros años más!Los abogados són fundamentales para solucionar todo esto , gracias por vuestra ayuda!
Mi madre también tuvo un problema similar. Tres hermanas. Una se quedó en casa y las otras dos hermanas se fueron.
La herencia estuvo sin dividir muchísimos años después de la muerte del padre y varios después de la muerte de la madre. El resultado fue que los que se quedaron en casa vendieron parte de la herencia de mi madre (la vendió su cuñado obviamente con la firma su madre -madre de mi madre- que era usufructuaria de todo). Fuimos a juicio ya que no querían dar la parte que le pertenecía (legítima). Hubo una serie de asuntos extraños. Creemos que nuestro abogado se dejó ir. El juicio quedó archivado.
Tiempo más tarde llegamos a un acuerdo con mi primo (hijo de la hermana que había quedado en casa que falleció) para venderle todos los derechos de la herencia.
Ahora estamos fuera, pero el lío es más grande porque mi primo quiere hacer valer los derechos que adquirió de mi madre y exigirle a la otra hermana lo que tiene que aportar para cubrir la legítima que le faltaba a mi madre. Los demás herederos deberían compensar proporcionalmente lo que le faltaba a mi madre.
Por si fuera poco lío. La madre de mi primo dejó el tercio de libre disposición a su marido. Realmente ella estaba muy mala y mi tío se aprovechó. Quería desheredar a mi primo y consiguió que le nombraran heredero universal, pero como es hijo único tiene dos tercios de la herencia.
En fin, menos mal que salimos del lío. Y eso que sólo pedíamos la legítima.
Saludos.
Este artículo me ha venido genial porqué nunca había tenido muy claro este asunto, y realmente nadie llegaba a aclarármelo totalmente por lo que al final seguía con las mismas dudas. Enhorabuena y gracias.
En mi familia ocurre ésto desde hace muchos años. Cada cual interpreta las leyes a su manera y no se ponen de acuerdo. Ni que fueran a heredar de Botín…