Como jurista es muy fácil entrar en un discurso grandilocuente en el que se digan grandes frases apenas inteligibles para el ciudadano que no se dedica al mundo del Derecho. ¿Cómo explicar qué son las Evidencias Electrónicas para hacerlo más cercano?. Sólo puedo acompañar mi discurso con muchos ejemplos prácticos de todo lo que son y de cómo utilizar internet de una manera consciente y responsable.
¿Qué son las evidencias electrónicas?
Técnicamente podemos decir que “evidencia electrónica es cualquier información almacenada o transmitida en forma digital que, cualquier parte en un proceso judicial, puede utilizar como prueba”
INTECO (Instituto Nacional de Tecnologías de la Comunicación español) define las Evidencias Electrónicas como:
“Datos que de manera digital se encuentran almacenados o fueron transmitidos mediante equipos informáticos y que son recolectados mediante herramientas técnicas especializadas empleadas por un perito en una investigación informática. Tienen la función de servir como prueba física (por encontrarse dentro de un soporte) de carácter intangible (no modificables) en las investigaciones informáticas.”
¿Qué formatos pueden tener las evidencias electrónicas? Son fáciles de identificar por todos en formato sms’s, mensajería instantánea (Whatsapp, Line,…) diálogos de las Redes Sociales (Facebook, Tuenti,…). También son evidencias electrónicas las fotografías digitales, las bases de datos, la memoria del ordenador, incluso los registros de la cerradura electrónica de un hotel.
El gran potencial de la informática es que tiene una doble cara, como todo. Por un lado se puede crear todo lo que un informático imagine y, por otro, “todo se puede cambiar, destruir, borrar…”. Un informático o hacker habilidoso puede modificar los contenidos de un disco duro, incluso borrarlos. También son modificables los mails y podemos retocar fotografías, las bases de datos, etc…
Si todo es modificable, ¿qué garantías tenemos de que lo que presentemos ante un Juez sea válido a los “ojos” de éste? ¿Cómo podemos preservar los contenidos de todo lo que hacemos? ¿Qué herramientas hay en el mercado para que las evidencias electrónicas permanezcan inalteradas?
Jurídicamente, cuando queremos presentar una prueba digital o evidencia electrónica como prueba, ésta tiene que tener dos características, ser íntegra y auténtica.
¿Cómo puede ser un mail, por ejemplo, íntegro y auténtico? Con la utilización de los proveedores de e-mail Certificado Digitalmente con lo que se denomina un Sello de Tiempo o Timestamping.
Tenemos un ejemplo de actualidad con los mails presentados contra Iñaki Urdangarín. La pregunta que todos los profesionales expertos en prueba digital nos hicimos fue: ¿cómo se le ocurre al Juez admitir como prueba inculpatoria una serie de mails impresos? Es muy fácil cambiar el contenido de un mail. De hecho, es raro encontrar a alguien que no se haya dado cuenta de esta posibilidad.
Evidencia electrónica usando timestamping
Vamos a mostrar cómo funcionan los proveedores de Timestamping, por ejemplo con un mail:
El usuario se da de alta en una empresa de certificación digital mediante Timestamping. Para ello, dará como usuario la cuenta de mail desde la cual va a enviarse ese mail que necesitamos certificar digitalmente, sobre todo , para que conste de una manera fehaciente la autenticidad e integridad del contenido del mismo.
La empresa proveedora le facilitará una clave o un código que deberá poner en el apartado CCO (copia oculta) del mail que envíe. En cuanto proceda a esa comunicación con tercero, y el e-mail haya sido enviado a la dirección que usted ha señalado, el proveedor de Certificación le enviará un Acta en la que se declarará la autenticidad de:
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El contenido del mail, con documento adjunto incluído.
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La fecha en la que fue enviado
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La hora en que se produjo la emisión
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La dirección de correo a la que se ha enviado
La Evidencia Electrónica que se ha generado con un e-mail Certificado, tiene mucho más valor probatorio que un e-mail simplemente impreso.
El papel de la Entidad de Certificación viene a denominarse por la Ley, como el Tercero de Confianza. Es una tercera parte confiable a través de la cual se realiza todo tipo de actos y procesos y éste da Fe de su Autenticidad.
Los Terceros de Confianza o Entidades de Certificación con TimeStamping, están autorizados por el Ministerio de Industria español como titulares de sellos con un nivel de calidad específico. Son los únicos proveedores de dichos servicios que pueden denominarse Entidad de Certificación Válida.
Concluyendo, la Certificación Digital de todos los actos y procesos en operaciones particulares o mercantiles “delicadas” tienen todas las garantías para llevar a “buen puerto” cualquier reclamación o incidencia.
Agradecimiento a Ruth Sala Ordóñez.
Abogada, @Ruth_legal
El perito informático deber ser un experto en la materia y utilizar con destreza herramientas especializadas en la investigación informática, para adquirir las evidencias electrónicas que sirvan como pruebas a la hora de resolver un caso.
Leyes como la LAECSP (Ley 11/2007) y LMISI (Ley 56/2007) generalizan las gestiones por vía electrónica en el sector privado y en el sector público, pero quienes tienen que implantarlas muchas veces se preguntan sobre la forma de presentar las evidencias electrónicas en los procesos jurisdiccionales, si fuera el caso. La Ley de Enjuiciamiento Civil española es muy avanzada en el uso de medios electrónicos y, en su marco, se han creado los mecanismos para presentar pruebas electrónicas en juicio.