Recientemente hemos ejercitado una reclamación frente a una aseguradora de una entidad bancaria en reclamación de una indemnización derivada de una póliza de seguro de vida e invalidez que se había formalizado por imposición de la entidad bancaria con la que se había suscrito un préstamo con garantía hipotecaria sobre una vivienda adquirida por nuestra cliente.
Importante nos parece destacar que, como suele ocurrir en muchas ocasiones en que se formalizan operaciones con las entidades bancarias, nada se indicó a la cliente sobre la contratación de esa póliza de seguro, de tal forma que se enteró de su existencia cuando acudió a la entidad bancaria a hacer un reintegro y observó que le faltaba una importante cantidad de dinero de su cuenta (le habían cobrado la prima del seguro de varios años).
Indemnización Seguro de Vida
Es en ese momento cuando la cliente pide explicaciones y se le indica por la entidad bancaria que el pago correspondía a un seguro que era necesario suscribir paralelamente a la firma del préstamo hipotecario.
Partiendo de esa situación y puesto que unos años después, vigente la póliza, la Comisión de Evaluación de Incapacidades del Instituto Nacional de la Seguridad Social declaró la invalidez absoluta de la cliente para todo trabajo y dado que de acuerdo con la póliza suscrita en su día, esa situación originaba el que pudiera percibir el 37% del capital pendiente de amortizar del préstamo, la Sra. se dirigió a la entidad aseguradora y presentó la reclamación correspondiente.
La respuesta que obtuvo por parte de la entidad fue negativa, indicándole que las patologías que constaban en los informes médicos presentados tenían un diagnóstico anterior a la entrada en vigor de la póliza y que no se habían puesto de manifiesto en la declaración de salud firmada en su día. Por ello, a tenor de lo estipulado en la póliza y de lo establecido en los arts. 10 y 89 de la Ley de contrato de Seguro, se rechazaba el siniestro.
Indemnización seguro de Invalidez
Ante esa situación se presentó la correspondiente reclamación judicial partiendo de la base de que cuando se suscribió la póliza, en ningún momento se exigió a la cliente ninguna declaración de salud, ni se le indicó la necesidad de realizar examen médico para la formalización de la misma vinculada al préstamo.
En la reclamación judicial se solicitaba la condena de la entidad aseguradora a pagar a la beneficiaria del seguro lo siguiente:
- La cantidad correspondiente al 37% del capital pendiente de pago del préstamo hipotecario o subsidiariamente que se entregara esa cantidad a la demandante, quien se comprometía a depositarla con esa finalidad de pago en la entidad prestamista.
- A reintegrar a la demandante la cantidad que por capital e intereses le correspondiera percibir de todas y cada una de las cuotas satisfechas desde la fecha en que se produjo la invalidez sin realizar la entidad bancaria la correspondiente corrección y ajuste que como consecuencia de la reducción del 37% del capital debería haberse producido, cantidades que se continuaban pagando en exceso.
- Los intereses moratorios correspondientes y las costas del juicio.
Tras un procedimiento judicial muy controvertido y con diversas pruebas periciales: médica, caligráfica y económica, se dictó Sentencia por el Juzgado de 1ª Instancia estimando íntegramente la demanda y con imposición de costas a la demandada.
Reclamación compañía de seguros
Dicha Sentencia fue recurrida en Apelación por la demandada y la Ilma. Audiencia Provincial de Valladolid desestimó en su integridad el recurso y confirmó la del Juzgado.
Destacamos que en los razonamientos jurídicos de la Sentencia se hace alusión a cuestiones relevantes como son, la interpretación que cabe dar a esos genéricos cuestionarios de salud que en ocasiones se presentan a firmar por las compañías aseguradoras, que en muchas ocasiones ni siquiera son rellenados por el propio cliente, o ni siquiera llega a leerlos previamente a la firma y que luego, sin embargo, son cuestionados por aquellas entidades cuando tienen que hacer frente a las coberturas.
Y en torno a esas cuestiones y haciendo suyo el razonamiento de una Sentencia del Tribunal Supremo de 31 de mayo de 1997 se dejaba constancia de que si bien el asegurado debe contestar de la forma más veraz al cuestionario que a esos efectos pueda presentarle la compañía aseguradora, cuando su actuación se limita exclusivamente a la firma del documento presentado sin otra participación posible, esa situación ha de equipararse a la falta de presentación del cuestionario, dándose por buena cualquier contestación que pudiera efectuar el asegurado.
En consecuencia, importante en estos casos es no pararse ante la negativa de las aseguradoras a hacer frente a las indemnizaciones y acudir a los tribunales haciendo valer los derechos frente a aquellas, máxime cuando en muchos de los casos la contratación de los seguros ha sido impuesta al cliente, impidiéndole incluso la elección de la compañía aseguradora con la que contratar los mismos.
Agradecimiento a Elena Rodríguez Rodrigo.
Soufiane,
Para valorar la respuesta es necesario estudiar el contrato y sus coberturas
Hola tengo el seguro de protección de pagos de la hipoteca pero cuando estuve enfermo me ha dicho si tiene un contrato indefinido más de 6 meses no pueden pagar de los enfermos
Que tarda en contestar la, dirección general de segiros
Luis,
habría que leer su póliza y las exclusiones que en la misma se establecen
Hola soy Luis. Mi pregunta es,
El banco de abrió un seguro cuando solicité un préstamo en la cual yo ya tenía la invalidez absoluta. Posterior a está solicitud de préstamo me han otorgado la gran invalidez. Tengo derecho a reclamar indemnización por el seguro que me abrió en su día está sucursal para dicho préstamo!! Gracias de antemano
Me podría hacer el favor de hacerme llegar esa sentencia
Jose,
ante su negativa deberá demandar a la aseguradora
Me han dado una incapacidad absoluta permanente, y la aseguradora me dice que no me paga la indemnizacion hasta que la incapacidad sea definitiva. Mi pregunta es si en la poliza no pone nada, se pueden negar??
Gracias
Felicidad,
Para valorar situaciones concretas hay que examinar todos los detalles a través de consulta jurídica
Un empresario autónomo, no tenía contratado seguro convenio de los trabajadores, en su actividad es obligatorio y por un importe de 15.000,00€, muere una trabajadora en noviembre de 2018, en enero una sociedad subroga los trabajadores del empresario individual, recientemente la heredera de la señora, reclama esa cantidad, quien la debe abonar la empresa en la que estaba o la nueva?, abonar esa cantidad sería un gasto deducible?
Luisa,
depende de si obtiene la invalidez absoluta por ese motivo.
me han diagnosticado diabetes tipo II casi diez años después de firmar una hipoteca con seguro de vida e invalidez, puedo reclamar al seguro? gracias
Anna,
sin conocer la documentación es imposible orientarle
En el trabajo nos regalaban seguro colectivo para la jubilación o incapacidad y segun la pension te pagaban uN importe al mes. Hace 2 años me dieron incapacidad y fuimos a juicio y la SsSs me dio incapacidad absoluta. Ahora le reclamo al seguro la diferencia y me dicen que es un seguro con prima única no revisable. .. teniendo sentencia SsSs no debería ser obligatorio? Estoy perdida
Luisa,
Depende del Seguro. La mayoría lo fijan a la fecha de comunicación del riesgo a la compañía
me concedieron la invalidez permanente absoluta hace unos dos meses pero hasta que el juzgado de lo social no dio la sentencia en firme y la seguridad social me lo ha reconocido, no he podido reclamar un seguro de vida e invalidez absoluta de una hipoteca. Mi pregunta es si le puedo reclamar al seguro o al banco desde la fecha en que me han notificado los atrasos la SS.(hace 14 meses).
Luis.
Depende de la redaccion de la clausula. Todad las incapacidades son revisables por lo que es frecuente la oposicion del seguro para intentar eludir el pago de la indemnizacion del seguro.
Hola.
En el caso de invalidez permanente absoluta, y un seguro contratado por la misma en la que solo especifican que la IPA te incapacite para la realización de cualquier tipo de trabajo, y está IPA sea revisarle como la inmensa mayoría para tener la opción de seguir trabajando en caso de mejoría y puede seguir así hasta los 65 años, Hay jurisprudencia acerca de el impago de un seguro por el hecho de que sea revísale y se nieguen a pagar? Y en el caso de que no lo especifiquen?
Gracias
Patricia,
Depende de las condiciones particulares del seguro y de las coberturas del mismo.
hace años mi madre suscribió una póliza de seguro de vida e invalidez para mi que cubre la incapacidad permanente absoluta. tuve un accidente hace años durante su vigencia , del que resultaron lesiones para mi que me han dejado con más del 80% de discapacidad. en la actualidad cobró la prestación no contributiva de discapacidad. No tengo derecho a la declaración de IPA por parte del INSS porque solo he cotizado un año en mi vida. Mis informes médicos hablan de que estoy incapacitada de forma absoluta.
Mi pregunta es si puedo reclamar a la Cía aseguradora la indemnización de la IPA, aunque no tenga reconocida esta situación por el INSS por falta de cotizaciones.
saludos.
Belen,
si la causa de la incapacidad ya existe, no puede asegurarla. Es un fraude.
Buenas tardes!!
Tengo un seguro de vida vinculado a la hipoteca donde solo cubre fallecimiento, el caso es que me gustaria incluir la invalidez ya que estoy de baja y en tramite de pedir una incapacidad por el INSS. Esto seria viable??
Maria,
El que la heredera no sea beneficiaria de defensa jurídica no implica que no pueda ganar el procedimiento. Deberá contratar un abogado con experiencia en estos temas para que trabaje sobre ello.
Buenas tardes, tengo una situación muy complicada, a ver si pudieras ayudarme, te explico un poco, mi cuñada contrato un seguro cuando se compró su vivienda, que le cubría invalidez permanente y fallecimiento, por desgracia a los 8 años le dan la invalidez permanente y ella era beneficiaria de defensa jurídica gratuita, lo pierde puesto que debería a ver informado el que le relleno el seguro de la diabetes que padecía, presentando un papel en blanco, no había informado ni de diabetes ni de nada, ni siquiera se molesto en que lo firmara, con tan mala suerte que mi cuñada fallece este año cuando por fin llega el juicio ella no está, y lo suspende porque la heredera)(mi suegra) no es beneficiaria de la defensa jurídica, como lo veis?? Estamos cansados y hasta el mismo de dar vueltas, y la pobre de mi suegra pagando piso,
Mariano,
Usted necesita un asesoramiento profundo y pormenorizado después del estudio personalizado de su caso. Si quiere consejo profesional contrate un dictamen.
Buenas tardes.
Hace dos años me reconocieron una IPA, revisable en dos años por posible mejoría y existencia de reserva del puesto de trabajo según el Estatuto de los Trabajadores.
Faltando poco para los dos años, me realizaron un intervalo de tres meses dos revisiones, declarándose en esta última mí » mejoría «, para poder incorporarme al trabajo. He tenido la suerte de ser readmitido y no despedido..
Ya trabajando me indicaron que mí convenio colectivo regula la existencia de un seguro por incapacidad, entre ellas la IPA y muerte. He procedido a reclamar a la aseguradora la correspondiente indemnización, puesto que en casos de seguros de vida se dispone de 5 años desde la declaración de incapacidad para realizar tal reclamación.
Después de enviar infinidad de informes, me dicen que no me pagan porque estoy de alta y que tengo que esperar a la resolución del INSS sobre mi reclamación. ( No estoy conforme con la pérdida de mi incapacidad ). A la aseguradora le he dicho que el hecho causante se ha producido, perfectamente documentado, que mi derecho a la indemnización es independiente de que la incapacidad sea revisable o no. Si no se pagara si es revisable, no pagarían nunca, porque todas son revisables hasta la edad de jubilación. Y que tengo 5 años para reclamar. Pero ellos siguen sin ceder al estar dado de alta.
Mi impresión es que me quieren marear. ¿ Qué opinan sobre el tema ?. A ser posible si me pueden argumentar la respuesta haciendo referencia a alguna norma, sentencia, etc. , lo agradecería.
Muchas gracias.
Rogelio,
En principio se asegura lo que describe el seguro. No obstante es necesario estudiar la póliza de forma completa
Buenas tardes,
Tengo contratado un seguro de vida que incluye incapacidad permanente y absoluta, la seguridad social me ha reconocido una incapacidad total y estoy en tramite para la absoluta. En una clausula del seguro especifica lo que para ellos es incapacidad y no coincide con lo que la seguridad social considera ya que para el seguro seria necesario la parálisis de medio cuerpo perdida anatómica o funcional de dos extremidades inferiores o dos superiores, la enajenación mental absoluta etc,.
Mi pregunta es, si mi incapacidad no se encuadra en los supuesto que el seguro considera tendría derecho al cobro del seguro por el hecho de que la seguridad social me la reconozca.
Gracias de antemano.
Jose Manuel,
Su situación no es la apropiada para ser valorada en comentarios de un blog. Si desea un estudio personalizado, contrate una consulta jurídica y revisaremos su situación
Buenas tardes. Recientemente he cobrado un seguro por incapacidad absoluta vinculado a la hipoteca de 89.500€. El motivo de la incapacidad es por un cáncer metastásico. Ademas de ese seguro tenía contratada otra póliza en el mismo banco de 25.500€ que se han negado a pagar porque la fecha en la que se firmó esta póliza es posterior al diagnostico de la enfermedad por la que me han concedido la incapacidad. Este seguro se firmó como requisito para la concesión de un crédito para poder liquidar una póliza de crédito en la misma entidad. Aunque hay firmado un cuestionario de salud en el que se pregunta si el asegurado ha padecido o está en algún tratamiento por cáncer, este cuestionario así como el contrato del seguro se firmó después de la entrada en vigor del mismo porque no pude pasar por la entidad. Ademas, este seguro sustituye otro que estaba vinculado a la póliza de crédito y se canceló al cancelar la misma. Es un cuestionario tipo rellenado por la entidad. A mi no me preguntaron en ningún momento mi estado de salud y, lo único que hicieron fue cojer los datos del seguro anterior para rellenar el actual. Se que es un poco lioso el tema, pero me gustaria saber si, con estos datos, ve viable el poder reclamar este seguro por via juridica. Muchas gracias por su atencion. Saludos
Juan Miguel,
Deberá leer la póliza para ver la regulación de lo que firmó
Un familiar mio ha fallecido con 71 años, cuando tenia 69 años compro un vehículo y contrato un seguro de pagos, ya que financio la compra. He reclamado la cancelación de la deuda por el fallecimiento, y me dicen que hasta los 65 años cubre por muerte natural y posterior solo por muerte accidental. A mi familiar le hicieron el seguro con 69 años y no se le informo de tal extremo. Le agradezco su atención y respuesta. Gracias
Jesús,
cualquier valoración sobre la viabilidad de acciones sin estudiar la documentación es temeraria. Contrate una consulta jurídica y le estudiaremos su caso de forma personalizada
buenos días, el día 30 de marzo firmé póliza de seguro de vida, respondí al cuestionario médico correspondiente manifestando todas las enfermedades que padezco y diciendo que estaba de baja medica por dichas enfermedades; casualmente un día después de firmar mi póliza y responder a todo cuestionario, el INSS resuelve mi situación de incapacidad temporal reconociéndome la incapacidad permanente total para mi profesión habitual.
ahora el seguro dice que no se hace cargo de la indemnización por incapacidad total (90.000 euros) pues segun ellos no dije las enfermedades, cuando eso no es cierto, ya que en el cuestionario se recoge todo, que estaba de baja medica, las enfermedades, todo…
hay opciones de que en juicio puedan darme la razon? mi temor es no ganar en juicio y que me impongan costas procesales, en cuyo caso, seria mi ruina, suelen imponer costas a un particular en este tipo de casos? un saludo y gracias
Juan,
Seguramente será una dificultad en la reclamación. Dependiendo de la justificación que tenga no debería ser decisivo
Hola. Hace 4 meses sufrí un accidente (soy autónomo), en un principio pensé que en pocas semanas estaría de alta. En visita reciente con el traumatologo me informa que no podré trabajar de mi profesión y que me aconseja tramitar incapacidad total. Tengo contratado un seguro de accidente (la caixa). por muerte o invalidez, ahora revisándolo me entero que tenía que dar parte a la compañía en los primeros siete días. Creen que será un impedimento decisivo para negar reclamación?. Gracias.
Iñigo,
Depende de las condiciones del seguro. Debríamos estudiar la documentación a través de consulta jurídica
Hola buenos dias. Me llamo Iñigo Fernández. Mi madre contrato a través de Bankia un seguro de vida con ASEVAL y tuvo la desgracia de al mes de contratar el seguro falleció por insuficiencia respiratoria y al ponernos en contacto con ASEVAL se negaron a hacer efectivo el importe acordado. Y quería presupuesto para reclamarlo.
Antonio:
Sin estudiar el contrato es imposible valorar su situación. Contrate una consulta jurídica
Muy buenas.Tengo un seguro de vida de préstamo hipotecario y me ha dado la seguridad social una invalidez permanente absoluta por enfermedad y cuando voy a la póliza me dice que estoy cubierto por invalidez permanente absoluta por accidente y que no me da nada.Que puedo hacer.Gracias de antemano.
Ruben:
Sin estudiar el seguro y la documentación es imposible valorar la situación. Contrate una consulta jurídica.
Hola buenas tardes.
Hace unos meses diagnosticaron a un familiar una enfermedad que derivó en que le concedieran la incapacidad permanente absoluta.
Esta persona tenía contratado un seguro con 18.000 € por incapacidad y otros 5.000 € por defunción.
El seguro pagó sin problemas los 18.000 € de la incapacidad alegando que la enfermedad se produjo después de firmar el seguro.
Seis meses después mi familiar falleció, durante estos seis meses se han seguido pagando los recibos del seguro «con el mismo importe» y no abonan los 5.000 € de defunción porque dicen que al haber cobrado el anterior este último queda exento de pago.
Me pueden indicar si esto es así?
Muchas gracias y un saludo.
Juan,
Sin estudiar la documentación a través de consulta jurídica es imposible asesorarle
Hola a ver si hay algun experto en la materia o alguien que haya tenido el mismo problema. Bueno pues la cuestion es que tengo un seguro de vida e invalidez y recientemente he sido declarado por el inss en situación de IP total por lo que reclame al seguro el pago de la cantidad asegurada y me responden que mi poliza no cubre la IPT sino que cubre solo la IP absoluta que para que cubriese la ipt tenia que haber contratado como garantia complementaria la incapacidad permanente total .
En la copia de la poliza que tengo tengo contratada como garantía complementarias (pongo lo que dice textualmente) invalidez por cualquier causa ….. contratada y en ningun lugar dice que tiene que ser absoluta ni en las garantias complementarias aparece la opcion de invalidez permanente total. Si sirve de ayuda el seguro es seguro de vida plena plus de axa y la verdad es que si ves ahora su web en las garantías complementarias da la opción de contratar ip absoluta o ip total pero hace 3 años cuando yo lo contraté no existian esas opciones solo repito invalidez por cualquier causa
El mediador que me vendio el seguro me dijo que ese seguro cubria cualquier tipo de incapacidad fuese total o absoluta y por todas las causas
Como lo veis espero que no lo halla liado mucho al exponerlo
Saludos
Hola Magda.
Sin el estudio previo de la documentación y de las comunicaciones no podemos orientarle. Contrate una consulta jurídica
Hola, hace 12 años mi marido falleció en un accidente laboral. Mi marido me había comentado que tenia contratado con una compañia un seguro de accidentes. Me dirigí a dicha compañia y me dijeron que no tenía ningún seguro contratado. Así me lo he creído durante estos años hasta que hace 2 días encontré la póliza de seguro que mi marido había contratado y los recibos del banco como que pagaba cada mes hasta la fecha de su defunción.
Puedo reclamar a la compañia de alguna manera?. Creo que he sido estafada. Mejor no los hubiera encontrado ya que estaban traspapelados con el seguro de la vivienda .
Hola Catarina:
Sin estudiar la documentación es imposible formar opinión al respecto.
Hola, yo trabaje en una empresa que tenia asegurados los empleados con un seguro de vida que cobria incapacidad profesional. Yo tengo reconocida una invalidez permanente y el hecho causante se produzio cuando yo trabaja aun en esta empresa y me opere cuando tenia aun vinculo en la misma. Mi abogado ha hecho la reclamacion d pago de este seguro y ahora me dicen que esta con la asesoria juridica de la seguradora para valoracion. Usted cree que me van pagar?? Se la respuesta es negativa tengo derecho diante de una reclamacion judicial??
Hola Maria.
Si la incapacidad se produjo antes, la compañía pagará la incapacidad, en este caso a quien sustituya al asegurado, es decir sus herederos.
Buenos días.
Quería ver si me puedes aclarar una duda. Mi marido tenía una póliza de vida e invalidez total. El INSS le concede la invalidez total en noviembre por lo que comenzamos a tramitar un expediente con la compañía. No dejan aun a fecha de hoy de seguir pidiendo informes médicos. Por desgracia mi marido falleció el 20 de diciembre, y se les remitieron los correspondientes certificados. Ahora me dicen que hacen falta los herederos legales, pues lo pagan por invalidez, no por fallecimiento. No entiendo nada, porque como me han dicho, si no esta el para cobrar la invalidez no existe, y en la póliza en caso de fallecimiento la única beneficiaria soy yo con nombre y apellidos. A ver si me puedes ayudar.
Hola Mariano.
Lo quieren saber porque es el riesgo que ellos cubren. Dependiendo de la redacción el riesgo del seguro bastará o no con la declaración del INSS. Si desea que estudiemos en profundidad su caso puede contratar una consulta jurídica.
Buenos días.
Tengo un seguro de vida vinculado a un préstamo hipotecario. Dicho seguro cubre la cancelación de la hipoteca en caso de incapacidad permanente absoluta.
Hace menos de un mes, me reconoció el INSS dicha incapacidad. He remitido a través del banco copia del seguro y resolución de invalidez para proceder a la cancelación, pero me están pidiendo aportación de informes médicos con mi historial, indicando mi cuadro médico.
Yo pienso que esos datos pertenecen a mi intimidad y que existe una ley de protección de datos, y así se lo he hecho saber.
Creo que el hecho causante está acreditado claramente con la resolución del INSS y todo lo demás es querer alargar la situación.
¿ Me podrían facilitar alguna sentencia en la que se indique que esa solicitud de datos médicos es abusiva ?.
¿ Para qué quieren ellos saber si me falta un riñon, un pulmón o las dos piernas ?.
Muchas gracias y un saludo.
Hola Luis:
La existencia de seguros se consulta el registro de actos de ultima voluntad. El abogado que contrate sabrá como dirigirse a la aseguradora para reclamar el cumplimiento.
Saludos
Hola,
¿Que pasos debo seguir para enterarme, y, si es el caso, de reclamar un seguro de vida asociado a una hipoteca ante el fallecimiento del titular de dicha hipoteca?
Gracias.
Hola Ana:
Puede reclamar en arbitraje de consumo o en la Dirección General.
Saludos
Buenas tardes, me gustaría saber si ante la negativa o mas bien falta de respuesta a mi petición de que me hagan entrega de las condiciones generales de la poliza del seguro colectivo de protección de pagos que me obligaron a suscribir cuando me concedieron la hipoteca qué recursos tengo más allá de dirigirme a la dirección general de seguros, muchas gracias
Hola Mikel:
Sin perjuicio de un estudio más en profundidad, deberá reclamar judicialmente para hacer valer su derecho.
Saludos
Hola.
Me acaban de dar una invalidez absoluta permanente.
El caso es que tenia un seguro de vida de la compañía fiatc en la cual me abonaban 40000 euros en caso de tener una invalidez como digo al principio.
El año en que firme fue en el 2009 teniendo una enfermedad de Crohn.
El caso que diciendo al la gestoría mi particularidad me aconsejo que no dijese nada sobre mi enfermedad y que firmase un cuestionario de tres hojas (De las cuales solo esta firmada la ultima hoja) en la cual afirmo que no tengo ningún tipo de enfermedad.
En el 2013 y 2014 me diagnostican bronquiectasias pulmonares y un linfoma.
Por lo cual con estas enfermedades añadidas me dan la absoluta.
Ante esta situación alego al seguro el pago de la póliza de 40000 euros.
Ellos se niegan al pago diciendo que había ocultado datos de mi enfermedad en el 2009 (enfermedad de Crohn)
A mi la absoluta me la dan por las bronquiectasias y por el linfoma no por el chron.
El cuestionario la verdad que es de risas ya que no hacen ningún estudio en profundidad de situación medica de la persona.
Simplemente son una preguntas muy generales y nada concretas.
Se puede llevar este caso a los tribunales para exigir el pago?
Gracias
Hola Juan Manuel:
Cualquier valoración de una cobertura implica necesariamente el estudio de la poliza. De lo que usted expone, y siempre salvo que de la poliza se desprenda otra cosa, su incapacidad está dentro del riesgo asegurado.
Saludos
Hola, buenos días, la consulta que tengo es sobre un seguro de protección de pagos con la compañia Cardiff vinculada a una hipoteca de Barclays, me han dado una incapacidad absoluta por diversas patologías la gran mayoría por accidentes y dos enfermedades mas por consecuencias de estos accidentes, mi pregunta es si tendre algún problema con el seguro para la indemnización ya que mirando la poliza me he dado cuenta que lo que me cubre es invalided absoluta en caso de accidente.Un saludo