¿Cómo reclamar a mi compañía teléfonica un error en la factura de este mes?
Dado que esta pregunta cada vez se repite con mayor frecuencia entre los consumidores de telefonía cualquiera que sea su compañía (Movistar, Orange, Vodafone, Yoigo o OMV) desde Abogado Amigo vamos a intentar facilitar y simplificar la reclamación correspondiente. Con las respuestas a las preguntas más frecuentes que surgen al clientecuando se enfrenta a su compañía, estamos seguros que reclamar los errores en la factura de teléfono será más simple.

Reclamación factura Movistar Vodafone Orange Yoigo

Incluso ponemos a su disposición la posibilidad de adquirir un modelo de reclamación por errores en la factura del teléfono que recoje todos los aspectos esenciales y argumentos juridicos de la reclamación, de forma que sólo deba rellenar sus datos personales e indicar los errores que ha detectado.

Modelo de reclamación

Cómo reclamar la factura del teléfono

¿No están sujetas las compañías telefónicas a controles de facturación?
Art 110 del RD 424/2005 en su apartado tercero dispone que mediante orden ministerial podrán establecerse, asimismo, mecanismos para garantizar la exactitud de la factura de teléfono realizada, que podrán incluir, en particular, la necesidad de que determinadas categorías de operadores, como aquellos que prestan servicio con tarificación en función de la duración de la conexión, del volumen de información o de la distancia, tengan que acreditar que sus sistemas de medida, de tarificación y de gestión de la facturación cumplan con normas de aseguramiento de la calidad como las de la familia ISO 9000.Abogado

¿Cuánto tiempo me puede reclamar la compañía telefónica?

En muchas ocasiones la empresa de telefonía tarda meses incluso años en reclamar al usuario la deuda contraida. En algunos casos pueden reclamar deudas ya prescritas y por ello extinguidas. Tiene toda la información en este enlace en el que examinamos la prescripción de deudas de telefonía.

¿En que plazo puedo reclamar?
Puedes presentar tu reclamación en el plazo de un mes desde la factura.
Art 104.2 del RD 424/2005: Los abonados deben formular sus quejas o reclamaciones en el plazo de un mes desde el momento en que se tenga conocimiento del hecho que las motive.

¿Debo pagar mi factura?
En principio es recomendable pagar y luego reclamar, a no ser que comunicando con el operador antes de que se haya ejecutado el pago éste, reconociendo su error retire la factura a cobro.
En caso de que se quiera devolver la factura cargada en el banco (por ser alto el importe facturado) siempre deberá hacerse después de haber iniciado la reclamación oportuna indicando expresamente la litigiosidad del crédito para evitar que el cliente sea incluido en «listas de morosos» o registros de solvencia patrimonial.

¿Pueden cortame mi linea si devuelvo el recibo?
No si has reclamado en Consumo o en la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones según lo que recogen las condiciones generales de servicio de las compañías telefónicas.
No obstante la experiencianos indica que en muchas ocasiones las compañías telefónicas ignorando sus propias condiciones generales y corta el servicio incluso antes de los 15 días.

Abogados Consumidores y Usuarios Valencia

¿Pueden incluirte en un listado de morosos si no pagas las facturas erróneas?
Siempre que se impugne la factura en cuestión, mientras no esté resuelta esta incidencia interna o en su caso la reclamación que se interponga ante los organismos pertinentes, no podrá el cliente ser incluido en fichero alguno de morosos por el impago de ésta. Así se desprende de la Instrucción 1/1995, de 1 de marzo, de la Agencia de Protección de Datos en desarrollo del artículo 29 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, al establecer que sólo podrán tener acceso a este tipo de registros los datos cuando, entre otros requisitos, se verifique la “existencia previa de una deuda cierta, vencida y exigible, que haya resultado impagada”. Al ser objeto de reclamación ya sea interna ya ante organismos competentes en materia de consumo, no cabría la inclusión de este tipo de impagos hasta que no se resuelva y por lo tanto resulte exigible.

¿y si no resuelven satisfactoriamente?
Debes continuar tu reclamación en la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones.

Si necesita asesoramiento como consumidor y usuario, no dude contar con abogados expertos en derecho de empresa para la defensa y ordenación de sus intereses. Contacte con nosotros usando este formulario.

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