Modelo de reclamación ante EMTRE por la subida de la tasa de recogida de basuras TAMER
El bufete valenciano Abogado Amigo pone a disposición de los usuarios de su web un modelo de recurso de reposición en vía administrativa para que puedan reclamar con total facilidad por la aplicación de la subida de tasas por la recogida de basuras.
Anteriormente hemos explicado el motivo de la subida de la tasa y porqué puede iniciarse este recurso con fundamento jurídico suficiente. Puedes leerlo en este enlace.
Compruebe que en su recibo del agua figura el concepto «Tasa EMTRE«. Ese es el concepto e importe que se reclamará. Según los casos (el uso, los habitantes de la vivienda…) se ha incrementado más o menos en la última modificación.
Reclamación tasas Valencia
¿Cómo presentarlo?
- Rellenar el modelo que incluimos más abajo.
- Debe presentar dos copias (una para la administración otra se la queda el presentante) acompañadas de los dos últimos recibos en los que se haya cobrado la tasa TAMER y una fotocopia del DNi del titular del recibo.
- Puede presentarse en la sede de EMTRE Plz. Del Ayuntamiento 9, 2º (Valencia) o en un registro administrativo.
Simplemente debe hacer copia-pega al texto que aparece más abajo.
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Presidente de la Entidad Metropolitana para el Tratamiento de Residuos (EMTRE)
Plz. Del Ayuntamiento 9, 2º
46002 Valencia
D……………………………………………………………………………………………………………………. provisto de DNI……………………….………… con domicilio a efectos de notificaciones en……………………………………………………………………………………………………………….. ante este organismo comparece y como mejor proceda dice:
Que por el presente escrito INTERPONE RECURSO DE REPOSICIÓN conforme a lo establecido en los artículos 107 y siguientes de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, contra la liquidación de la tasa local impuesta por esta entidad, incluida en el recibo de suministro de agua cuya copia se adjunta al presente, como consecuencia de la modificación de la Tasa Metropolitana por el Servicio de Tratamiento y Eliminación de Residuos Urbanos (TAMER), aprobada por la entidad metropolitana EMTRE en sesión celebrada el 28 de septiembre de 2011, e indirectamente contra la modificación de la Ordenanza Fiscal que ha aprobado al efecto esa entidad, en base a los siguientes HECHOS Y FUNDAMENTOS:
PRIMERO.- Estipulando el art. 24.2 de la Ley de Haciendas Locales que “el importe de las tasas por la prestación de un servicio o por la realización de una actividad no podrá exceder, en su conjunto, del coste real o previsible del servicio o actividad de que se trate o, en su defecto, del valor de la prestación recibida”, resulta evidente que la liquidación recurrida viola letra y espíritu del precepto al imponer un incremento medio del 152%. Además tampoco se respeta el art. 24.4 de la misma norma al no discriminar la capacidad económica del sujeto pasivo.
SEGUNDO.- Tal y como determina el art. 92.3 de la Ley General Tributaria, la actuación de la compañía suministradora en ejecución del acuerdo de colaboración social con la administración para practicar la autoliquidación de la tasa en nombre de los sujetos pasivos exigiría al menos previa autorización expresa de éstos, siendo un contrasentido poder plantear la colaboración de sujetos pasivos y administración sin el previo acuerdo de éstos, provocando necesariamente indefensión legal y material de los obligados por la tasa.
TERCERO.- Conforme al art 102.3 de la Ley General Tributaria impone la previa notificación al contribuyente de los aumentos de la base sobre la resultante de las declaraciones, con expresión concreta de los hechos y elementos adicionales que la motiven, no existiendo ni fundamentación ni siquiera comunicación en el supuesto ahora recurrido.
CUARTO.- Según lo dispuesto por el art. 224 de la Ley General Tributaria, la simple interposición del recurso administrativo de reposición suspende la ejecución del acto impugnado, siendo evidente y manifiesto el error que fundamenta la petición al no haber existido ningún tipo de comunicación ni notificación previa de la tasa.
Por todo lo expuesto, SOLICITO:
Que la Entidad tenga por presentado este escrito, con los documentos aportados, se sirva a admitirlo y tenga por presentado en tiempo y forma RECURSO DE REPOSICIÓN contra la liquidación referida y admitiéndolo en todos sus efectos, tras los trámites oportunos, dicte resolución por la que se estime este recurso, declarando que procede a la anulación de la liquidación impugnada, suspendiendo cautelarmente el trámite de recaudación sin necesidad de aportar garantía y devolviendo las cantidades cobradas indebidamente.
En Valencia a …….. de ………………….. de 2012
Fdo…………………………………………………………….
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Hola Mercedes.
No puede iniciar el procedimiento ahora, ya le han pasado muchos recibos con la tasa
HOLA, ME PODRIAN DECIR SI TODAVIA SE PUEDE RECLAMAR Y SI SIGUEN ABONANDO LAS DEVOLUCIONES DE EMTRE –TAMER?
MUCHAS GRACIAS
Buenos días Leonor.
Dependerá de la normativa local que habría que estudiar con detalle, y determinar si en Xirivella el pago es por alta de contador o por uso efectivo. Es necesario repasar la ordenancia del municipio.
Saludos
Hola, me podria decir si es legal por parte del ayuntamiento de mi localidad (Xirivella, Valencia),que teniendo UN solo contador de agua correspondiente a un local comercial de 150 mtr, y que yo los tengo divididos, me quieran cobrar doble el recibo de Tasa de Residuos ???. Gracias y saludos cordiales.
Leonor
Hola Maria Angeles.
Sí, es correo que va en sobre abierto y sellado.
Si una factura es erronea, por supuesto puede reclamar. Pero en ese caso le recomendamos acudir a la vía de arbitraje de consumo puesto que la prestación del servicio puede ser conocida por ellos. Deberá acreditar porqué es erronea esa factura.
Un saludo
Buenos días,,
Muchas gracias por contestarme,pero tengo otra duda, correo administrativo sería por correo certificado sellado ¿verdad?. Y otra cosa a fecha de hoy 11/02/13 me han vuelto a cargar un recibo de agua exagerado,(140€), el año pasado en Mayo me cargaron otro de 150€,cuando vengo gastando 45€(bimensual) más o menos, ¿podría reclamar presentado un recurso y tendría que adjuntar documentación?
Agradezco mucha vuestra ayuda.
Un saludo,
Hola Maria Angeles.
Los recursos se presentan por registro o por correo administrativo.
Un saludo
Buenas tardes,
Quisiera preguntar si se puede enviar la reclamación por fax y cual es el nº.
Gracias por todo.
Un saludo,
Hola Ramón:
La única forma sería devolver el recibo, hacer ingreso en cuenta del importe del recibo descontando la tasa y cuando reclamen el importe total del recibo devuelto oponer el pago parcial para que aplicando compensación reclamen sólo la tasa tamer.
No obstante la obligación de pagar seguirá intacta y acumulará su correspondiente intereses y retraso en tanto en cuanto no hay declaración de improcedencia del cobro.
Un saludo
¿como dejar de pagar la tasa Tamer pagando el suministro de agua en un proceso de insumisión y desobediencia similar al iniciado por mucha gente en Madrid contra el pago de un euro por receta? ¿es posible?
Puesto que me comentas que si no hay resolución expresa, hay que acudir a la via judicial. ¿podrías estimar qué coste supone eso y si podemos hacerlo en grupo ?
¿Y cómo sé que no hay resolución expresa? A mi me siguen cargando la tasa tamer!!
Gracias
Hola Carmen.
En principio quien debe reclamar es el titular puesto que es el obligado por la tasa.
Un saludo
Hola,
Me gustaría consultaros si es posible reclamar la tasa de tamer en el caso de q los recibos del agua estén a nombre del anterior dueño de la casa, con el q no tengo ningún contacto y puede q incluso ya haya fallecido por edad. Los datos de pago si q son los míos.
Gracias por vuestra ayuda y un saludo:
Mª Carmen
Hola Ana.
Si no hay resolución expresa puede acudirse a la via judicial.
Si la administración no atiende a los administrados sólo quedan los tribunales.
un saludo
Hola,
Me gustaría cómo proceder porque hace varios meses que reclamé la tasa tamer y me la siguen cargando en mis recibos. Gracias
Hola Ramón:
La economía administrativa no necesita de cobertura legal. Ya ha sido asumido pacíficamente que agua y basura se liquiden conjuntamente puesto que se toman como base análogos criterios.
Si ningún colectivo o Ayuntamiento impugnan la Tasa Tamer, todos aquellos que no la aplicaron inicialmente tendrán que recuperar ese dinero adelantado por el consistorio. Mientras no se declare su improcedencia parece que la administración no va a reconocer su error.
Un saludo
¿Cual es la cobertura legal para poder acumular diferentes tasas en una misma factura siendo que el principal objeto de la factura es el consumo de agua? En mi caso se da la circunstancia que de un total de 82, 37 euros tan solo al gasto de agua consumida es de 21,24 el resto es el canon de saneamiento dividido en dos cuotas, una de consumo y otra de servicio por un total de 14,81 y después tasa TAMER por un total de 46,32 de los que 11,58 corresponden a atrasos ya que mi ayto decidió una temporada no aplicarlo y ahora nos viene como atrasos.
Hola Roberto.
El tipo en este caso no sería la estafa, pero sí que podría tratarse de prodría intentarse la imputación de un delito de prevaricación, al existir una resolución judicial previa a la regulación de la tasa que censuraba esta forma de proceder.
La vía natural de impugnación es la contencioso administrativa. Aguas de Valencia lo sabe y por eso se hace fuerte.
un saludo
En el supuesto de que hicieran caso omiso ante el REcurso de Reposición , ¿ podría ser posible crear una asociación entre todos e interponer una demanda por lo penal ? Yo considero que esto es una estafa o sino para que existen las leyes y el ordenamiento jurídico.
Hola Juan:
En principio la necesidad económica no es causa para eximirse de una Tasa. No obstante podría dirigir un escrito solicitando que le exoneren de esa carga por circunstancias extraordinarias.
El pago discriminando unos y otros conceptos en principio no lo vemos viable al ser una única facturación.
un saludo
¿sería factible tener un modelo de impreso con el cual, al pagar el recibo del agua haces el abono de la cuantía correspondiente a Aguas de Valencia (consumo de agua) y a Omniun Ibérico (conservación) y negarse al pago del Canon de Saneamiento y Tasa TAMER en base a estado de necesidad económica de la familia por falta de ingresos?
Reclamaciones que se planteen ahora previsiblemente serán desestimadas por haber aceptado tácitamente la notificación de la tasa al pagar los recibos precedentes.
No obstante nada impide plantearlo, conociendo esta «debilidad» en la argumentación.
Un saludo
Hola
A día de hoy ¿se puede aun reclamar en las oficinas?
Gracias
Buenas tardes Jose.
Se ve que tocaste con el funcionario «poco amigo». Tenemos conocimiento de que han existido desestimaciones de los primeros recursos que se basaban exclusivamente en la improcedencia de imputar al servicio el incremento de coste de la mala gestión. No tenemos noticia que se hayan desestimado aquellos que se basan en la falta de notificiación.
En cuanto a recoger documentación, el registro (y por lo tanto el funcionario que atiende) no valora la idoneidad o no. Da igual que la administración tenga esos datos. Si el ciudadano quiere aportar documentación el registro debe simple y exclusivamente hacer su función: registrar. Ya decidirá el órgano decisorio si la documentación aportada es o no pertinente, pero nunca lo deberá hacer el funcionario que registra.
Saludos
Saludos, antes de nada gracias por intentar ayudar.
Me dirijo a ustedes después de acudir a la oficina de residuos,sobre el recurso de la tasa emtre, me comentan 1º q en el boe salen ya 20.000 reclamaciones desestimadas y q lo único q me queda es por vía judicial, (con tono irónico dice) pagando procurador abogado y costas. Le digo q de igual manera quiero reclamar y me dice q no recoge ni fotocopia de DNI. ni los recibos q ellos ya tienen esos datos. ¿Que podéis decirme al respecto?
Buenos días Bárbara:
La administración aún no ha resuelto los recursos presentados con esta argumentación.
Recurrir un acto administrativo siempre implica la posibilidad de que sea estimado o desestimado. Nuestro compromiso moral en este caso, pasa por facilitar un instrumento juridico de calidad, sin coste alguno, a nuestros lectores. Por descontado, con ello no animamos a generar litigiosidad con la administración pero tampoco queremos que el coste que supone encargar un recurso de este tipo suponga una barrera para defenderse ante la actuación administrativa.
Cada ciudadano decidirá si quiere o no quiere recurrir, si le parece bien o no la subida. Nosotros sólo damos una herramienta a quien quiera hacer valer su derecho.
Un saludo
Hola, tengo una pregunta, ¿hay alguna constancia de que el Ayuntamiento o Aguas de Valencia haya devuelto a alguien la tasa EMTRE?, por lo que he leido no han hecho ninguna devolucion, y presentar este documento, sin tener la certeza de que devolveran el dinero, no se si es muy util. Gracias. Un saludo
Debe incluirla al final, en la solicitud:
«…declarando que procede a la anulación de la liquidación impugnada y el resto de mensualidades de la tasa que pudieran haberse satisfecho hasta el momento»
Sí, el justificante de pago que obtiene por internet es válido para estos trámites.
Un saludo
Hola de nuevo,
¿en qué lugar debo añadir la coletilla? Gracias
Entonces, el recibo de marzo que pone «tasa» lo entrego tb, junto al de enero y mayo que sí pone «TAMER».
Otra duda: hoy en día los bancos no mandan correspondencia y los recibos los puedes sacar por internet. ¿esto sirve como original o debería ir al banco a que me los sellen? Gracias por todo
Buenos días Ana:
Aporte los dos recibos que contienen el desglose «TASA TAMER» e incluya una coletilla en la petición del tipo «y el resto de mensualidades de la tasa que pudieran haberse satisfecho hasta el momento», así se cura en salud.
Un saludo
Hola,
Una duda: tengo el recibo de mayo en el que aparece claramente TAsa TAMER pero el de marzo sólamente pone TASAS. ¿sería válido presentar estos dos? ¿o es mejor presentar el de mayo y el de enero en los que si aparece claramente TASA TAmer?
Gracias
Hola Yolanda.
Es interpretable. La reclamación cuando se han emitido más de dos recibos con la subida puede entenderse tácitamente aceptada por el contribuyente que no reclamó. No obstante, intuimos que la resolución a todas las reclamaciones va a ser global de tal modo que si aceptan la argumentación lo harán en bloque para todos los reclamantes.
Adjunte los dos últimos recibos de agua a su reclamación y solicite en términos generales la devolución del exceso para que puedan pronunciarse sobre los anteriores.
Un saludo
hola, yo tengo 3 recibos con el aumento de la tasa, se puede hacer reclamación todavía? en tal caso, si llegase el caso en que devolviesen los importes incrementados en las facturas, habría que adjuntar las facturas o abonarían directamente los importes cobrados de más en todas las facturas emitidas desde la subida?
Muchas gracias