La persona más importante en un seguro de decesos es el asegurado. Porque más allá del servicio contratado lo que garantiza el seguro es la tranquilidad.
De acuerdo con el Reglamento de ordenación y supervisión de los seguros privados, Real (Decreto 2486/1998), cuando se celebra un contrato de seguro de decesos –también llamado de asistencia familiar- es obligatorio informar al tomador –a la persona que lo contrata- de la modalidad de prima que tiene (natural, nivelada o mixta/seminatural), de los factores que modifican la tasa de la prima –edad, evolución de costes de los servicios funerarios-, evolución de los capitales asegurados y de la prima del mismo.
Quizá una de las cosas que más puedan llamar la atención es la existencia de diferentes tipos de establecer la cuota que hay que pagar anualmente, la llamada «prima»
- Prima Nivelada: Lo normal es que la cuota a pagar o prima sea una cantidad concreta definida por el edad del asegurado o de los asegurados, sólo aumentará cada año por el IPC, la carestía de la vida, entre un 2,5% o un 3%. Con la prima nivelada, la cuota siempre será la misma y simplemente será necesario actualizarla. Por ejemplo: Si se contrata con 30 años el asegurado siempre tendrá que pagar la prima inicial fijada con 30 años + 2,5% o 3% del IPC.
- Prima natural o seminatural: Con este sistema se establece unas cuotas a pagar muy bajas en principio pero pasado el tiempo –cuando llegamos a los 65 o 70 años, que es el momento en que mayor riesgo- se disparan las cuotas, llegando a pagarse incluso 600 euros. Llamamos la atención de que además este incremento se produce justo cuando las rentas familiares por regla general han descendido considerablemente, ya que estamos hablando de una persona de 65 o 70 años ya jubilada. Muchos deciden dar de baja entonces el seguro de deceso, sabiendo que han pagado mucho dinero a lo largo de muchos años y que a la hora de la verdad no tienen cubierto ese servicio.
Desde Abogado Amigo se recomienda, cualquiera que sea la compañía aseguradora del riesgo, estudiar con calma su contrato de seguro para saber si es prima nivelada –suele incluir el artículo 105bis del reglamento mencionado- o prima natural o seminatural. Tomarse un momento para leerlo puede suponer una gran diferencia –tener seguro o tener que anularlo el día de mañana cuando las primas se disparen exageradamente-. Además tengan en cuenta que muchas compañías ponen la actualización del capital en las primas naturales –suele rondar el 1 o 2%- en relación a cada 500 euros de capital o cada 1000 y muchas veces hablamos de capitales de 3000 o 4000 euros. Más allá de la oferta comercial que pueda presentarles el agente se debe estar seguro de los detalles que importan al riesgo.
* Cristina Muñoz Polonio es Agente de Seguros Ocaso y Colaboradora de Abogado Amigo
Manuel,
Dependiendo del sistema contratado para la aseguración, es posible la subida del precio de la cuota todos los años como explicamos en el artículo. Sludos
tengo 89 años y la cuota me sube todos los años. ¿tengo derecho a que por mi edad, no suba todos los años?
estoy asegurado desde 1955. agradeceria su contestacion
un saludo y muchas gracias.
manuel espinosa galindo
Luis Angel,
Es necesario revisar su póliza para ver si existía alguna carencia o limitación
Mi cuñado ha muerto y solo se han pagado 8 cuotas de las 12 que tiene el año de seguro de decesos, y me dicen que no tiene derecho a que la aseguradora se haga cargo del entierro, eso es así, es verdad. Solo se han pagado las 8 cuotas porque ha fallecido
No se si da derecho estando a corriente de pago a la devolución del precio del servicio a mis herederos, si doy el cuerpo a la Ciencia. Pregunta que hice el 14 noviembre, 2019 a las 12:53
Respuesta, por Jesús, Abogado Amigo, 14 noviembre, 2019 a las 18:46
Salvo que se establezca expresamente en el contrato, la no utilización de servicios no implica devolución de importes
Este Artículo1º. Confirma, o no, la devolución al dar el cuerpo a la Ciencia.
OBJETO DEL SEGURO
1. SEGURO DE DECESOS
El Asegurador garantiza la prestación del servicio fúnebre contratado, al fallecimiento de cada uno de los Asegurados que figuran en la presente póliza. SI LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO NO FUERA PRECISO, O NO SE LLEVASE A EFECTO POR CAUSAS DE FUERZA MAYOR, EL ASEGURADOR SE COMPROMETE A RESARCIR LOS GASTOS OCASIONADOS COMO CONSECUENCIA DE TAL SERVICIO, ABONANDO EL IMPORTE DEL VALOR CONTRATADO, SEGUN CONDICIONES PARTICULARES DE LA PRESENTE PÓLIZA. Muchas gracias por atenderme.
Manuel,
Salvo que se establezca expresamente en el contrato, la no utilización de servicios no implica devolución de importes
Soy tomador de una Póliza del Seguro de Combinado de DECESOS y Accidentes. Junto con mi hija y mi nieto, estoy a corriente de pago, la valoración Suma Asegurada 3501,00€ por cada uno y Nicho Familiar Temporal 30 años para todos los asegurados, Valoración 2452,00€. Mi pregunta es: Estoy pensado dar mi cuerpo a la Ciencia, y seguir pagando la cuota. Al fallecer mis herederos tienen el derecho a la devolución de 3501,00€ + 2452,00€, por no necesitar el servicio a corriente de pago?. Gracias y un saludo de Valero
Cristina,
depende de las condiciones del seguro
Mis padres tienen el seguro de deceso desde que éramos pequeños.
Actualmente tengo 44 años.
Mi hermana y yo no nos hemos hecho el seguro porque somos solteras sin hijos.
Si mis padres muriesen podría continuar pagando el seguro en qe mi hermana y yo estamos incluidas?
Miguel Angel:
Si no estaba al corriente de pago en el momento de fallecimiento, no tendrá derecho a la cobertura del seguro
Hola muy buenas, mi suegra ha tenido un seguro de decesos toda la vida, por una mala racha de dinero ha dejado de pagar tres meses a mitad del año, el cobro era mensual.
En ese período ha fallecido. En la compañía nos han dicho que el seguro está dado de baja y nos dicen que realizaron una llamada a mi suegra y que ella le dijo que no seguiría con el seguro, sin haber firmado ninguna baja. ¿Es posible reclamar, para que corran con los gastos del entierro?
Ana Isabel.
Nosotros no podemos calcularles una cuota. Si tienen dudas presenten reclamacion
Buenos dias:
Debido al reciente fallecimiento de mi padre nos hemos dado cuenta que hemos estado pagando en la misma compañia (Santa Lucia) por el mismo asegurado doble cuota, mi madre en su poliza y mi hermano en la suya. Hemos reclamado y creemos que nos han pagado de menos, pero como podemos calcular el importe que pagaba mi madre por mi hermano desde el año 2001 hasta Febrero 2019, Mi hermano nacio en Junio 1964 , que cuota deberia haber pagado año tras año desde el año 2001 hasta 2019 En Santa Lucia no me dan la informacion, nos estan mareando.
Gracias y Saludos,
Eva,
Ninguna empresa está obligada a asegurar a nadie. Ellos hacen el estudio que les corresponda al riesgo y deciden. Lo que no pueden hacer es engañar, pero en su caso han sido totalmente claros.
Buenos días!!! Tengo una consulta pq estoy desesperada al hacer la póliza de decesos de mi familia,me encuentro que como uno de mis hijos con 6 años tiene tres enfermedades raras,me dicen que a el sólo le puedo hacer una prima única y como no tengo dinero no le aseguran. Mi pregunta es esto es legal?? O por el contrario puedo reclamar sabiendo que no lo es. Ellos dicen que son enfermedades importantes,pero no son terminales
Natalia,
una poliza conjunta no es lo mismo que una póliza de cada miembro. No vemos que es lo que necesita «solucionar»
Buenas tardes,
Mi suegro falleció en febrero. Nos enteramos que la póliza de deceso que tenía contratada era una póliza familiar con Alianza Española (matrimonio y 3 hijos). Hemos solicitado, tanto por fax como por teléfono, que nos indiquen la prima que corresponde a cada uno, para ayudar a mi suegra a pagar la cuota que nos corresponde. La bajada del seguro tras el fallecimiento de mi suegro (77 años) es solo de 0,20€. Nos comunican que es imposible porque ese tipo de póliza es en conjunto. ¿es legal que no me quieran decir la cuota que corresponde por cada miembro de la póliza? en caso de que no lo fuera, ¿cómo puedo solicitarlo?
Eduardo,
Anualmente la aseguradora le informa de la evolución de su póliza y su madre lo acepta. No vemos posibilidad de reclamar por algo aceptado y conocido
Hola: mi madre contrató con FIATC, en el año 2000, una PÓLIZA de deceso por la cual pagaba el equivalente a 30€ mensuales, actualmente , con 86 años y una pensión de 636€,paga 86,50€ mensuales,. No es eso un abuso ?.puedo reclamar?
Rosalía,
Se haría cargo aquel al que se le comunique primero.
Hola Buenos días,
Somos un matrimonio con dos hijos mayores, pagando el seguro de deceso desde que nacieron, hace cuatro meses me cambié de compañía y hasta ahí sin problemas.
Ahora me acabo de enterar que la pareja de mi hijo, que tiene 27 años, lo a puesto en el seguro de deceso con ella, con lo cual estamos pagando las dos por él en compañías distintas.
¿ En caso de que ocurriera algo habría algún problemas con las compañías? ¿ y cuál tendría validez? ¿ cuál se haría cargo de los gastos?.
Gracias.
Maria Pilar,
Si no puede acreditar la baja documentalmente, no podrá oponerse al pago
Ola buena yo en octubre del año pasado me fui a una compañía de seguro de los muertos nueva y en diciembre pagué la primera cuota cn esta compañía y la nueva compañía me dijo en octubre k ello se encargaba d darme d baja en la k yo estaba y en enero recibo un recibo de mi antigua compañía y lo exe para atrás y mi antigua compañía me reclama ese seguro y me an dixo k como no lo paguen me llevan a juicio xk dice k yo es inframentado el contrato xk lo renové en julio del año pasado y k me pertenece pagar este recibo espero k me podáis ayudar y perdonar si no me explico bien
Marta,
si pagó el día 5 de febrero estará vigente el 23 y cubrirá el riesgo
Hola soy marta aber si me puede a yudar esq falleció mi hermano y ay un seguro de vida ..él pagaba anual .el siguiente recibo tenía q pagar 5de febrero 2017 y falleció el día 23 de febrero esa póliza sigue en vigor o queda nula .espero su contestación gracias es de Aegon es la póliza muchas gracias
Josefa,
habría que estudiar su caso particular y la documentación de su seguro
Hola mi padre ha fallecido y en el seguro después de cuarenta años pagando dicen q pagarán la lápida por q no la tiene cubierta ….tengo derecho a reclamar pues según dicen antiguamente no ponían las lápidas…..pero ellos han ido actualizando las primas durante todos estos años y no las prestaciones
Agustín,
El contrato no se estudia en una clausula sola. Si no está de acuerdo con las subidas solicite la no renovación al próximo año, o la no aplicación en este si no le fue comunicada antes de pasar al cobro.
Si desea un estudio de su situación de forma personalizada contrate una consulta jurídica
Esto es lo que pone mi póliza al respecto:
«Con el fin de mantener actualizadas las sumas garantizadas en Póliza correspondientes a las garantías de decesos, anualmente se aplicará in índice de revalorización automática, que permitirá cubrir el incremento de costes de los distintos elementos que componen el servicio fúnebre. En este caso, la Compañía informará a través del recibo de prima de las nuevas sumas aseguradas, sin emisión de suplemento. Este índice se fija en el 2%, porcentaje de revalorización establecido en la nota técnica que regula este producto».
He de decir que el capital asegurado en este año ha subido ese 2% indicado en la póliza, sin embargo, la prima del recibo me ha subudo un 6,15%. En años anteriores el incremento del capital siempre ha sido mucho menos al de la prima…
Espero que esta información le sirva para poder darme alguna respuesta.
Gracias de antemano.
Agustín,
Sin conocer las clausulas del contrato es totalmente imposible asesorarle
Hola, tengo contratado con Ocaso un seguro de decesos modalidad nivelada, estamos mi hijo, mi mujer y yo con edades actuales de 20, 53 y 50 respectivamente. En los últimos años he observado subidas muy por encima del IPC, concretamente en 2015 fue de un 6,31%, 2016 un 6,95%, este año 2017 un 6,15%… Esto es normal? Yo les he pedido explicaciones por escrito y se niegan; me citaron y me dieron una explicación oral aduciendo a las clausulas de la póliza, las cuales para mí son totalmente ambiguas y llego a la conclusión de que suben lo que les viene en gana. Por favor deme su opinión, gracias.
Pedro, es necesario estudiar las condiciones de su poliza.
Tengo un seguro modalidad estándar constante ,quiero saber si este seguro es el que la prima no se dispara a partir de los,65 o, 70 años
Luciano. Depende de sus condiciones. hay que estudiar la documentación de su seguro
mi suegro acaba de fallecer y en mafre me dicen que tengo que seguir pagando seis meses más porque este seguro de decesos se paga anualmente. No acabo de creerme que tenga que seguir pagando después de fallecido. Esto es normal????
hola, mi suegro acaba de fallecer el mes pasado, sin embargo la chica que me lleva los seguros en mafre me dice que tengo que seguir pagando hasta marzo del próximo año, porque es un seguro anual. La verdad es que me parece muy raro que tenga que seguir pagando después de haber fallecido.
Yurena,
puede reclamar en la Dirección General de Seguros
Hola, mi padre lleva más de 40 años con el mismo seguro de decesos con Preventiva. Hay 3 recibos que por error no se pagaron del año pasado, ya q son mensuales. Al enterarnos por la única carta que llego ya nos habían dado de baja, como tengo un poder general fui a la oficina para reactivar la póliza y pagar esos recibos, he de decir q se han cobrado todo este año y los que faltan son del anterior. Ahora no me contestan ni he podido pagar, solo firme para que se reactivará y de momento llevo semanas esperando y no me dan respuesta. Al ser mis padres mayores de 70 años podran negarnos la reactivación? Me parecería mal q después de 40 años pagando le quiten el seguro y más queriendo pagar ya y subsanarlo cuanto antes. Que trámites puedo seguir? Gracias
Amparo, tendríamos que estudiar su póliza. Pero si llevan 7 años sin pagar, es normal que es seguro esté cancelado.
Hola me gustaría me aclararan una duda. El 7/08 fallece mi padre. Llamamos al seguro que mi padre tenía contratado y nos dicen que está de baja desde el 2010. Imagínense nuestra sorpresa pues mi padre llevaba 70 años de antigüedad y hasta el momento de fallecer pensaba queseguia asegurado. Al hablar con la compañía nos dice que está dado de baja porque se devolvió el recibo del 1/10/2010(recibo trimestral). Ellos dicen que con un solo recibo devuelto lo pueden dar de baja. Les hemos pedido que nos enseñen el acuse de recibo de que mi padre recibió esa carta porque estamos convencidos de que no y nos dicen que no tienen obligación de guardarla. En la misma póliza con el. Estaba su hermana que ahora tiene 90 años y está sin seguro. Que podemos hacer. Gracias
Dolores,
Es necesario conocer su póliza para poder valorarlo
Mi madre tenía un seguro de descenso pagaba nicho también ahora nos dicen que el dinero del nicho no no lo devuelven que el nicho estaba a verlo cogido que puedo hacer
Buenos dias,yo soy comercial de MERIDIANO y os puedo asegurar que nosotros no cobramos recibos a nadie que ha fallecido,y preguntamos si quieren seguir en poliza y ademas abonamos todo lo indennizable.Es mas cuando hago una poliza siempre la hago delante del cliente y a su medida,
Jose Manuel
sin estudiar el contrato que ha firmado es imposible saber porqué le piden esa cantidad
Buenas noches pregunto tengo un prestamo en linia de6000 euros ya pague todas las tasas hasta el seguro del credito y haora medicen que tengo que pagar 309 euros si quiero tener el dinero en mi cuenta como es posible tener dos seguros en el mismo prestamo si yo con mi banco hice uno de 3000 y epagado 75 euros gracias por su tiempo espero su respuesta
Raquel,
El seguro es anual y por lo tanto es lógico que reclamen todo el año. Si no les abonan cantidades deberán presentar reclmación
Buenas tardes, mi abuela falleció el 7 de abril y teníamos concertado el seguro de La Purísima. En su información viene determinado que reembolsarán el dinero de la inscripción de las letras de la lápida y el de un cura que oficie la misa funeral, en el caso de que no se haga con lo que ofrece el seguro. Hemos enviado las correspondientes facturas como ellos solicitan pero han reembolsado cantidades menores que no concuerdan. Nos han dicho que hay recibos pendientes y no es cierto porque están pagados los de abril, mayo y junio, pero han dicho que hay que pagar el año entero. ¿Qué tiene que ver pagar el año entero con que nos reembolsen lo que solicitamos como ellos aseguran que harán? ¿Hay que pagar el año completo aunque la persona fallecida haya fallecido a comienzos de año? No tendría ningún sentido. Si esto no viene estipulado en ninguna información de la muta, ¿qué se puede hacer?
Hola Jesús ,
mi padre falleció y tenía contratado dos seguros de decesos.
Uno es el que se ha hecho cargo de los gastos del sepelio y el otro qué hago? solicitar la baja y pedir que abonen los gastos que corrieron por parte de la otra compañía? o la diferencia respecto de las facturas de la otra compañía ?
Montserrat,
cada póliza es independiente.
buenas tardes quisieran me asesoranran sobre el seguro de decesos mi marido y sus padres tenian un seguro de decesos, al casarme me inclui yo, y al nacer mi hija la incluimos tambien esta poliza se lleva pagando 69 años religiosamente cada año, esta compañia es ocaso. mi seguro de hogar la he tenido con ellos, pero ahora la he cambiado de compañia, y tengo miedo que tomen represalias y despues da tantos años me la quieran anular, ¿pueden anularme la poliza de decesos despues de tantos años , sin razon aparante? estoy un poco preocupada
Montserrat,
como con cualquier deuda, si no paga lo que debe, podrán demandarla para que el juzgado cobre lo debido
Hola he dado de baja un seguro de decesos, santa lucia con 5 meses pagados, porque la anterior aseguradora Nortehispana me vino y dijo que no me habian dado de baja y daban por pagados los 5 recibos pendientes, ya llevo pagados dos recibos de nuevo con Nortehispana, y Santa Lucia me reclama que tengo que pagar a ellos durante 1 año, que me puede pasar si no les pago, muchas gracias
Irene,
Los seguros son anuales, el pago de la anualidad es obligatoria
Buenos días,
Tengo la siguiente consulta, recientemente he cambiado mi seguro de decesos a otra compañia, en la actual me aseguraron que se podía cursar el traspaso sin ningún problema y que no habría de seguir abonando las cuotas mensuales del anterior seguro. Mi sorpresa es que recientemente mi antigua compañía se ha puesto en contacto conmigo y me reclaman el pago de todas las mensualidades faltantes del año. Alguien me puede decir si ciertamente estoy obligada al pago?
Gracias
Azucena.
No, el no uso del servicio no es obvice de que pudiera haberlo utilizado. Sólo puede reclamarlo si el seguro prevee la posibilidad de compensación a cambio de no uso
Buenas tardes una pregunta, mi padre fallecio, mi madre y mi hermana lo tenian afiliado a diferentes empresas funerarias, se tomo el servicio con la de mi hermana. Mi madre puede reclamar el servicio a la empresa en la cual ella lo tenia afiliado.
Javier, usted lo ha dicho, la poliza es anual, es decir, se ha obligado a pagar todo el año.
Hola: Mi padre fallecio el 23 de Enero de esta año, la poliza de mapfre, es anual y se paga de forma semestral, el primer semestre esta pagado osea hasta el 30-6-17. Mi pregunta es : ¿tienen que devolverme la parte proporcional? y dos ¿ tengo que pagar obligatoriamente el segundo semestre?. muchas gracias.
Sebastian
Nada puede reclamar. Usted ha recibido el servicio cada año que ha estado asegurado
Buenas tardes. mi nombre es Sebastian y llevamos mi hermana y yo pagando todos los meses desde 1969 en mi caso el seguro por deceso y nos hemos dado de baja ahora en Enero del 2017.
mi pregunta es ¿ que pasa con todo el dinero que hemos abonado durante tantos años, se pierde?
tengo derecho a reclamar una parte? ya yo creo que esta mas que pagado mi parte.
gracias por su servicio y atencion.
Fatima,
Tener otro seguro no es motivo para no pagar. Deberá solicitar la baja con dos meses de antelación a la finalización del contrato.
Hola.
Mi consulta es la siguiente:
Mi suegra pagaba un seguro de decesos y por desgracia falleció. Ella pagaba los recibos en mano en la oficina de la compañía. Tenía incluidos a sus 4 hijos sin que ellos lo supieran. El caso, es que mi marido se sacó otro seguro por su cuenta y ahora desde la compañía de mi suegra le reclaman el pago de los recibos pendientes. Les ha explicado que tiene otro seguro pero no quieren entenderlo y llaman cada dos por tres. ¿Podemos negarnos a pagar si represalias?¿Qué podemos argumentarles para que dejen de llamar?
Aurelia,
No se pierde, se cumple el riesgo de garantiza.
Hola . Tengo una consulta si el titular o titulares de la poliza familiar de decesos falleciesen . Que pasaria con esa poliza . Se perderia?
Noelia.
Sin ver la propuesta no podemos valorar su adecuacion.
Buenas tardes, estoy pensando en cambiarme de seguro de defunción, me han hecho propuesta de prima nivelada, prima mixta y prima natural al 60 %, de los tres me han dado el artículo 105 donde viene la evolución de la prima y si es como pone la diferencia a los 90 años es que en la prima mixta pagaría 5 € más que en la nivelada y en la natural 10€ más que en la nivelada. Mi pregunta es si realmente me cobrarían las subidas que me indican en la tabla de evolución o si me pueden cobrar algo más, porque realmente aunque leo en todos sitios que la natural se dispara en este caso no lo veo así, tiene truco?
Gracias de antemano.
Un saludo
Soledad.
La compañía no debe pagar a su madre, debe pagar a un heredero y sólo se puede ser heredero una vez hecha la declaración. Es perfectamente lógico lo que le piden.
Buenas tardes, mi madre falleció el 9 de octubre del 2016 y la compañía de decesos Almudena me ha llamado diciendo que me tienen que abonar la diferencia de 421 €, pero me dicen que tenemos que entregarles una declaración de herederos firmada ante notario para que así no tengan problemas de que algún heredero les pueda reclamar dicho pago.
Yo les he dicho que ingresen esa cantidad en la cuenta bancaria de mi madre que es la única titular y es por donde ellos cobraban sus cuotas trimestrales, y que luego ya nos entenderíamos los herederos con el banco para arreglar papeles, porque ahora no íbamos a hacer ninguna declaración de herederos( no tiene hecho testamento y tampoco tiene ningún bien, solo la cuenta bancaria con lo que cobraba de pensión, o sea casi nada),más que nada porque alguno de mis hermanos viven en el extranjero y les costaría más importe venir para arreglar esto que lo que nos tiene que devolver la compañía de decesos.
Quedaron en contestarme y ya han pasado 4 días y no se nada, y mi pregunta es si lo que me exigen es legal o por el contrario ellos pueden ingresar esa cantidad en la cuenta de mi madre como yo les he indicado.
Un saludo
Soledad
Lorena,
si ha fallecido uno, será la diferencia con esos 4000. Al otro asegurado le sigue cubriendo la póliza.
buenos días, un familiar ha fallecido, eran dos personas en la misma póliza y quisiera saber la suma total que cubría la póliza. Si el capital asegurado son 4.000 euros ¿es por persona? en la publicidad decían que devolvían la diferencia entre los gastos de sepelio y el total del capital asegurado. ¿Entonces tendrían que restar de 8.000 euros los gastos que hubo y devolver el resto? muchas gracias
Maria:
Hasta que no concluya la póliza de Helvetia no puede darse de baja. Si es una póliza anual puede resolverla cada año no cuando le de la gana.
Hola yo tenía una póliza con Helvetia de deceso y me llamo generali me ofreció cambiarme y la verdad económicamente con mi situación suponía un buen ahorro al cobrarlo por años .pero ellos me aseguraron ke mandarían la baja a Helvetia y no pasaría nada pues bien después de llevar dos meses con generali me llama Helvetia reclamando me los dos trimestres ke kedan para terminar el año ke terminara en marzo de 2017 me obligan a pagar el año entero y encima me amenazan con cobrarlo sino pago por el juzgado yo lo ke keria saber si por 50 € ke me puede pasar si es verdad ke me pueden embargar los 426€ ke cobro o al llegar al juzgado como me amenazan hasta donde pueden llegar y si es mejor buscar el dinero y pagarles yo jamas pensé sufrir tanto y jamas creí ke esto me pudiera pasar cuales serian las consecuencias y ke puedo hacer sino me veré pagando 2 pólizas de decesos gracias
Antonio.
Depende de las condiciones del contrato y lo establecido en las clausulas del mismo. Presenten reclamación si no cumplen lo establecido en el contrato.
Hola, buenas tardes, me dirijo a ustedes para ver si me pudieran aclarar la siguiente duda:
Resulta que el día 10 de junio de este año fallece un familiar, el cual tenía contratado un seguro de decesos junto con su mujer, con pago trimestral de la prima, y cuyo vencimiento fue en abril con renovación cada año.
Al fallecer creíamos (es lo justo) que al haber un tomador menos iban a recalcular la prima quedando solamente la viuda; cual es nuestra sorpresa que nos dicen que hay que seguir pagando los restantes 3 trimestres hasta la fecha de ABRIL DE 2017, aun habiendo un tomador menos y con el dolor que para la viuda supone seguir pagando por algo que no tiene sentido.
A parte de esto aparece entre las coberturas textualmente:
-«Nicho en Propiedad», cuando se es propietario de los nichos desde hace ya más de 40 años, y lo que se le advirtió al comercial que realizó la póliza hace unos 15 años que los nichos no debían o no tenían que figurar en la póliza, a lo que respondió: -«Que ya devolverían el dinero cuando falleciera alguno».
A día de hoy nos dicen en una de las oficinas que la respuesta es que hay que seguir pagando los trimestres que restan y que de los nichos no devuelven nada.
Rocio:
Depende de las cláusulas del contrato. Es necesario estudiar la documentación.
Buenas tardes,
Quería hacerles la siguiente consulta. Mi tío falleció el pasado 16 de junio. Como es lógico, pasaron el recibo de dicho mes por el banco y se cobro.
Nos han pasado otro recibo por el banco, posterior a la fecha de su fallecimiento, y nos dicen que como el contrato es anual, debemos seguir pagando hasta que termine.
Mi pregunta es, si el asegurado ha fallecido y el contrato se ha dado de baja, se supone que ese contrato está extinguido y por ello no debemos pagar más recibos, no?
Gracias de antemano. Un saludo.
Mari:
Deberá tramitar la baja comunicándolo por escrito.
Mi padre tenia un seguro de defunción hace mas de 60 años y en la poliza me tenia a mi como beneficiario. tras la muerte de mi padre me siguen cobrando la poliza a mi pues me dicen que estoy yo de beneficiario. Yo no quiero para nada el seguro este de muertos. Me dicen que tengo que mandarles una carta. yo tan solo veo que me mandan un recibo al banco y yo doy orden de no pago. yo nunca he firmado nada a la compañia por la continuidad de la poliza, ni ellos me han informado de nada. Entiendo que lo lógico ellos me tenian que haber preguntado si quiero sus servicios cuanto me costaria etc. Veo una mala fe de ellos,pues el recibo se iba pagando cada mes, hasta que murio mi padre que desde la muerte estuvieron tres meses sin mandar recibos al banco hasta el cuarto mes que envian uno al banco evidentemente di la orden de no pago. me dicen que este tres meses sin pagar y me daran de baja automaticamente por impago. pero tengo miedo que estos me reclamen el «el oro y el moro»
Bryseida.
Sin conocer las condiciones del contrato es imposible asesorarle. En principio es lógico que reclamen las comisiones cobradas cuando después no se da éxtio en la operación.
Juan,
La documentación como le hemos indicado se estudia a través de la contratación de consulta jurídica.
Hola de nuevo.En los datos de la poliza figura:Multiseguro Familiar y periodo de vigencia 01-01-2016 A 31-12-2016.Forma de pago Mensual.Ellos se basan en la vigencia pero,es legal que si ya se ha realizado el servicio se tenga que seguir pagando.Con la misma compañía tenia asegurada una moto y cuando la dí de baja me devolvieron la diferencia de los meses que faltaban.La chica de la agencia me dice que si lo hacen será porque pueden, pero yo le digo que también se ponen clausulas suelo,venta de preferentes,etc,que luego no son legales.Y esa es mi pregunta.aunque en la póliza indica vigencia hasta fin de año,tengo opciones si reclamo?.Gracias
Olaa buenas tardes he sido empleada como agente comercial en ocaso no estado de alta en la s.social y tampoco me di de alta como autonoma yo firme un contrato mercantil .
Hice 2 polizas y una de ellas la clienta a devuelto el recibo del banco llevo 3 meses sin trabajar en ocaso y ocaso me esta increpando de que debo devolver el sueldo que cobre por la comision de esas polizas pero yo ese dinero lo e gastado y no tengo dinero para devolver es legal que me exigan el pago ?¿Y otra cosa mas si no tengo dinero pa devolver que podria pasarme?¿
Juan.
Depende de su tipo de póliza. Extinguido el riesgo no deberían seguir cobrando.
Hola.El 23 de junio falleció mi padre.Mi madre y el tienen póliza de decesos con Mapfre.Los dos asegurados.Pagan mensualmente la póliza.Ahora en julio ha seguido viniendo el importe de los dos.He llamado a la oficina y me indican que las pólizas son para todo el año y debe seguir pagando mi padre (ya fallecido) hasta final de año.Es esto legal?.Gracias
Rosalía.
No, no es un producto que tenga derecho de desistimiento. Hay que pensarlo antes de firmar
Hola mi pregunta es la siguiente, cuando haces un seguro de decesos y te das cuenta que no te convence, hay un tiempo para poder echarte atrás? Gracias
Isaac:
Que figuren en la poliza de su mujer no le impide figurar en la suya. Son dos riesgos diferentes y por ello en nada se pisan. Si por el contrario lo que ha hecho es asegurarles (es decir ser titulares) deberá acudir al juez que declaró el divorcio y ejercitar una ejecución
Buenas tardes. Mi problema es el siguiente. Divorciado, tengo la custodia de mi hijo menor y una hija de 20 años. Quiero hacer poliza decesos en una compañia de seguros, les envio escrito solicitando retiren de la poliza en la que mi exmujer ha incluido a los hijos y a su vez mi hija mayor de edad les solicita la retiren de la misma poliza. Aporto para ello sentencia custodia del menor, y no quieren respetar mis derechos como padre custodio, ni los de mis hijos. Que puedo hacer. Que ley recoje esta vulneracion de derechos? Gracias
Soy titular, según he podido (por fin) averiguar, por lo que me temo que toca firmar. De todas formas, ¿tengo necesariamente que darles datos como mi teléfono móvil y mi dirección postal?¿no estaría en contra de la ley de protección de datos?
gracias
Hola Santiago:
Sin estudiar la póliza es imposible saber si usted es titular o beneficiario. Si es titular, como es normal debe firmar.
Buenas tardes. Mi madre tiene un seguro de decesos con Ocaso desde hace mas de 40 años, donde nos incluyo a mis hermanos y a mi. Ahora que yo tengo un seguro con otra compañía (la que ofrece el colegio profesional en el que estoy inscrito), hemos decidido que me excluyan del seguro del Ocaso. El problema es que, según insisten los del Ocaso, yo debo firmar la baja de ese seguro que no suscribí, dándoles mis datos personales (teléfono, dirección). ¿Es esto legal?¿estoy obligado realmente a firmar?. Gracias de antemano por su contestación.
Hola Jackie.
El calculo de la nueva poliza no tiene porqué excluir un porcentage determinado puesto que las circunstancias de todos los asegurados han cambiado. La devolución producirá la cancelación.
Buenos días
Tengo un seguro de decesos que incluye mi esposo y dos hijos y yo misma. Al contratarlo el parte del importe a pagar por mi marido fue un 55% del total ya que el era mayor. Mi marido falleció antes del vencimiento de la póliza y han cargado en cuenta el mismo importe. A reclamar solamente ajustaron 8 euros menos al año, Que supondría un 1,5%. No he recibido la póliza actualizada y estoy reclamando continuamente y responden que lo están estudiando, Mi pregunta es que no debería el importe a partir de ahora ser con ese 55% menos? Debería de devolver el recibo o supondría eso la cancelación de la póliza? Muchas gracias de antemano
Hola Mari Carmen.
Sólo tendría sentido si hubiera otros asegurados, y otras coberturas. Verificado el riesgo asegurado, el seguro se extingue.
Mi madre murio el 18 de enero de este año tiene seguro con mafre.lo gestionaron todo ellos hoy dia 23 nos llaman y dicen que yenemos que seguir pagando hasta diciembre.Es legal?
Hola Maria.
Imposible poder valorar esos extremos por nuestra parte
Hola/ tengo seguro con ocaso pago unico x que es una persona de 92 años pago 3400 eros pero lo que te aseguran para el funeral es de 2700 quisiera saber si coon ese capital tendras para el funeral y traslado de una capital a otra
Hola Laura.
Si desea un estudio personalizado debe contratar una consulta jurídica, y nuestro equipo le orientará en la redacción de reclamaciones.
Hola!
he escrito a mi agente de Ocaso explicando que no voy a firmar nada y me dice que «la modificación del contrato no se hace proactivamente y sin avisar (de hecho en los Ocaso Oro respetan escrupulosamente los dos meses, como con la carta del testamento online, cuando añadieron la garantía). Ahí es donde se aplica el preaviso de dos meses que establece la ley». Y en la oficina dije lo mismo, que no voy a firmar porque no es legal lo que están haciendo y me dijeron que si Ocaso lo ha hecho así es porque le ampara la ley porque su departamento jurídico es muy fuerte… ¿cuál cree que es la mejor forma de reclamar? Quiero hacer una reclamación por mis 365 días de Cobertura en el extranjero y no se muy bien que escribir en la queja formal. Había pensado poner algo así:
«Buenas,en Noviembre de 2014 contraté un seguro, anual y renovable años naturales, con una clausula que me cubría asistencia en viaje siempre que no estuviera más de 365 días en el extranjero, y hace un par de semanas me llegó un sobre de Ocaso con un nuevo contrato, todo igual, mismo número de póliza, mismos datos pero en esa clausula cambian el 365 por 90 días. Exijo el cumplimiento del contrato, deben aplicarme la condición de 365 días, no pueden cambiar una clausula unilateralmente por decisión propia y sin consultarme. Agradezco de antemano su atención, Un cordial saludo».
¿cómo lo ve? ¿algún consejo? me han dicho que no tengo nada que hacer en una posible denuncia, que no voy a ganar nada, pero no les quiero creer…
Gracias por la ayuda! un saludo
Gracias! Vamos a pelear por ello. Un abrazo y muchas gracias por la información 🙂
Hola Laura.
Usted puede exigir el cumplimiento del contrato mientras dure en los terminos que pacto. Si su contrato duró un año, durante ese año no pueden cambiarlo. Ahora bien, la modificación se la deberían haber comunicado ANTES de la renovación, por ello, en 2016 deben aplicarle la condición de 365. No firme.
Hola Jesús!
Necesito que me asesoren porque quiero ir a reclamar algo y no estoy segura de si lo que están haciendo es legal. Le pongo en antecedentes:
Contraté un seguro de viaje con Ocaso (ocaso oro plus) en Noviembre de 2014, anual y renovable años naturales, con una clausula que me cubría asistencia en viaje siempre que no estuviera más de 365 días en el extranjero, y hace un par de semanas me llegó un sobre de Ocaso con un nuevo contrato (me cobraron en Enero y un mes y medio después me mandaron esa carta), todo igual, mismo número de póliza, mismos datos pero en suplemento ponen un 1 y en esa clausula cambian el 365 por ¡¡90 días!!
Voy a Ocaso pensando que ha sido un error y menos mal que me he dado cuenta y no he firmado, pero al llegar allí me dicen que es que es así, que es una nueva «normativa» que justo cambió dos meses después de que yo firmara (normativa?! será clausula, eso que yo sepa no es una normativa…) y por eso se me respetó en el 2015, pero que en el 2016 se aplica la nueva «normativa» de 3 meses, que se ha hecho con todos los clientes de España y no hay nada que hacer, o lo tomo o lo dejo, es decir que si no me gusta me puedo dar de baja. Pero eso no es lo que yo quiero, yo quiero el contrato que yo firmé y pagué, con mi clausula y creo que es ilegal cambiar unilateralmente una clausula de un contrato, porque entonces podría pagar menos yo no? cómo va a ser eso legal? entonces el año que viene me pueden volver a cambiar la clausula que les plazca? en las oficinas siguen en sus trece de que no tengo nada que hacer que la ley les ampara, pero me parece que se inventan las cosas conforme van hablando y no me fío de lo que me digan estos trabajadores.
Qué puedo hacer? es legal lo que están haciendo? no me interesa que me cubra 90 días y no quiero otro seguro, porque este es el mas barato con diferencia en el mercado.
Agradezco de antemano todos los consejos e información que me pueda dar 🙂
Un abrazo!
Laura
Hola Maria José.
En principio terminado el riesgo debe extinguirse la poliza. Presenten reclamación por escrito
Mi madre falleció el 2 de diciembre 2015 y el 25 de enero me pasaron el recibo de mafre decesos 90 euros . Llamamos le decimos q a fallecido y nos dicen q no nos dan de baja hasta octubre 2016 q su no hacemos frente a los.recibos tomarán medidas . Mi pregunta es esto legal q podemos hacer?
Hola Ramon:
No comprendo su pregunta. Si describen un servicio lo darán cualquiera que sea su coste. Es más el coste varía con el tiempo. Es irrelevante. Lo importante es la descripción del servicio
tengo un seguro de decesos con ocaso, tras una visita a mi domicilio para que cambiase a mis familiares de poliza, le he dicho al hombre que ha venido a mi casa , que quiero que me describa y valore los servicios del entierro que tengo contratados, me dice que lo que ponga en la poliza pero en la misma lo que pone es algo general y sin valorar.
¿Puedo exigirles que me detallen y valoren los servicios del entierro que tengo contratados?
Hola Patricia:
Si la reclamación ya ha sido preparada y realizada por una asociación de consumidores, son ellos los que deben solventarle sus dudas. Si quiere un estudio pormenorizado de su situación necesitaremos conocer la documentación a través de consulta jurídica.
Por supuesto, si no suscribe las condiciones el seguro se resuelve, puesto que usted lo que paga es la cobertura durante una anualidad.
Buenas tardes,
Mi padre tiene un seguro de decesos y es el tomador del mismo, el tipo de prima es nivelada y una fecha de derechos de 01/07/1977, la valoración de decesos en el año 2001 era de 350.000pts y las del año 2015 son de 3000 euros, en el seguro estamos mi padre, mi madre y yo, ambos tienen 82 años, el año pasado le subieron el recibo de la prima sin notificarselo dos meses antes como marca la ley de seguros, el aumento ha sido de 19,70 a 31,40 subiendole un 59,39 % la cual aplicaron dicha cuantía a partir de agosto del año 2015, esa subida segun la ley de solvencia es conforme ? . Claro mi padre que tiene 82 años firmó las condiciones particulares por miedo al cese de la poliza, pero reclamó dicha subida a la asociación de consumidores la cual envió al servio de atención de cliente de la aseguradora. Pero por esta reclamación no hemos recibido contestación alguna por parte de la aseguradora. Este año en enero del 2016 nos llega una carta de la aseguradora en la que notifican a mi padre que se le va a aplicar una nueva subida a 75 euros mensuales, es decir en menos de un año dos subidas .
En que articulo de la ley de solvencia indica lo que las aseguradoras como máximo pueden subir la cuota de la prima nivelada, he visto vuestro escrito de que la prima nivelada solo puedes subir entre un 2,5% o un 3% por el IPC.
Existe alguna laguna en la ley de solvencia en la que las aseguradoras puedan aumentar la prima, lo que les dá la gana? . Porque claro si te quieres dar de baja pierdes todo lo pagado. Es decir un robo.
Yo voy a realizar la correspondiente reclamación otra vez al servicio de atención al cliente indicando que no estoy de acuerdo con dicha subida, por correo certificado y con acuse de recibo. He llamado a la Dirección General de Seguros y si no me responden en un plazo de dos meses, realizaré la correspondiente reclamación al la Dirección General de Seguros. Mi duda es, mi padre no quiere firmar las nuevas condiciones particulares que se le aplicarán en abril, por no estar de acuerdo, pero ante esto la asegudora que puede hacer? mantenerme vigente el anterior contrato?, lo que si no voy a dejar de hacer es de pagar los correspondientes recibos aunque estos me vengan por el nuevo aumento, por si incumplo algo de la ley de seguros que debo hacer el respecto?
Hola Landala.
Es normal que no le cubran nuevas coberturas si tiene una enfermedad como la suya. Deberán sufragar esos gastos.
Buenos días, mi madre tiene contratado un seguro de decesos para ella y sus dos hijos desde hace muchos años. Ella tiene 80 años y tiene cáncer con metástasis desde julio de 2015. Revisando el seguro hemos visto que no está incluido Tanatorio ni incineración, y al intentar cambiarlo en la compañía, Mapfre, le hacen rellenar el cuestionario de salud, y claro, tememos que con su enfermedad y últimos ingresos hospitalarios rechacen éstas modificaciones o rescindan el contrato, ¿es esto posible?, ¿cómo deberíamos proceder para quedar todo bien cubierto?. Gracias.
Si, es posible, debido a que cada zona tiene capitales distintos. O sea, no cuesta lo mismo un servicio en Barcelona que en Badajoz, es cuestion de impuestos. No debería incrementar en el caso de que sigas en el mismo municipio.
No es cierto, si durante un tiempo, el tomador tuviera 3 recibos impagados y la poliza estuviera en vigor, abonando esos tres recibos, la compañia debe realizar el servicio. Distinto sería que al detectar un recibo impagado, el sistema diera de baja la póliza. Con los seguros de hogar ocurre lo mismo, da igual si el recibo esta impagado. Mientras la poliza este en vigor tiene cobertura, lo que le pueden obligar al cliente es pagar el recibo para que se le atienda el siniestro.
Hola Maria:
El uso o no de un servicio no hace que se devuelva. Se cobra por el riesgo, no por el uso.
Hola .
Mi padre falleció el pasado mes de noviembre y revisando papeles nos encontramos con que qué le estaban cobrando un seguro de decesos de la compañía Helvetia, cuando el desde hace años estaba en la compañía Ocaso que ha sido la que ha tramitado todo lo relacionado con el funeral.
No tengo el contrato he pedido ya una copia,mi pregunta es : ¿si no se utiliza tienen la obligación de devolver el dinero ?
Hola Sebastian.
Lo importante es que le hayan informado de todas las modificaciones de cobertura.
Hola,tengo una póliza de decesos ke contraté hace muchos años, y ahora me dado cuenta que el número de la poliza me lo han cambiado,se puede hacer ?
Hola Maboli.
Le pueden condenar a pagar los recibos devueltos. Es su responsabilidad tramitar la baja, no de la nueva compañía.
Tengo un seguro de decesos en Helvetia y sin cumplir el año hice un cambio a Generatili y me dijeron que ellos se encargaban y que no pasaba nada por no cumplir el año, que devolviera los recibos que Helvetia no mandaba a nadie a juicio. A mi me han amenazado con denunciarme. ¿Qué puede pasar?
Hola José Gutierrez.
Depende de las condiciones de la póliza y de quién sea el beneficiario.
Saludos
Hola,
hace unos meses falleció mi madre y querría saber si la devolución de la prima del seguro de decesos la puede cobrar sólo uno de los hijos o hay que repartirla obligatoriamente entre todos los hijos (mis hermanos). Es decir, ¿a la aseguradora hay que darla el número de cuenta de todos los hijos para que nos ingresen a cada uno la parte proporcional de la devolución o con una cuenta basta? Gracias
Hola Juan.
Debería existir más razones que justifiquen el incremento de riesgo. Acuda a consumo.
Saludos
Buenos días, ¿es legal que Santa Lucía me incremente la cuota del seguro de decesos simplemente por comunicar un cambio de domicilio? Cambié de vivienda en la misma ciudad de un barrio a otro colindante. Gracias
Hola María.
Cada poliza tiene una cobertura diferente.
Saludos
Es verdad q en la mayoría de las pólizas de decesos te indemnizan por días de hospitalizacion?
Hola Jesús.
La mayoría de aseguradoras le denegarán la posibilidad de incorporarla con esa edad.
Saludos
buenas,tengo a mi madre de 70 años sin un seguro de decesos…es posible incluirla en mi poliza ?? gracias
Hola María.
Simplemente, que la conveniencia de elegir una u otra forma de imputación del seguro (nivelada o no) exige estudiar su poliza y situación en concreto.
Saludos
Me gustaría saber a que se refiere con…
La conveniencia de una u otro exige el estudio de la documentación concreta.
Muchas Gracias
Hola Maria:
Ocaso le reclamará a usted el pago, no a la comercial. La conveniencia de una u otro exige el estudio de la documentación concreta.
Saludos
Hola:
Tengo el seguro de decesos en Ocaso y desde el mes de Enero de este año, le estoy diciendo a la chica que me viene a cobrar los recibos que me de de baja porque no puedo seguir pagando, pero ella me dice que no lo puede hacer ya que debo 3 recibos y que si no los pago se lo aran pagar a ella,hay personas que me han dicho que eso es mentira que ella mas bien pierde la comisión y no se que pensar la verdad. Ella me a propuesto pasarla de NIVELADA a NATURAL pero dice que eso solo tiene que ser por 2 años y que pasado ese tiempo tengo que volver a la NIVELADA. Me gustaría saber si esto es verdad ya que mi marido insiste en que me cambie de compañía porque esta chica me esta engañando.
Muchas gracias
Hola Mari:
Para poder valorar su situación es necesario estudiar la prorroga contratada. Sin esto es imposible valorar la viabilidad de una reclamación.
Contrate una consulta juridica.
Saludos
Encima tenían q llevarle los papeles de viudedad y tuve q hacerlo yo con ella ya q ellos no informaron del derecho de mi madre a q lo llevaban ellos.
Gracias
Buenos días,
Mi padre falleció en 2008, mi madre pagaba por el nicho en propiedad el cual no uso, ya q fue enterrado con mi hermano, no se supone q tenían q devolverle ese dinero a mi madre?
Encima, mi hermano falleció por accidente de trafico, y tampoco le informaron q tenia derecho a una indemnización por el accidente.
La aseguradora es santa lucia
Se burlan de la gente, no dándole la información q necesitan en un momento de dolor como es la perdida de un ser querido.
Mi madre puede reclamar por mi padre ya qhace mas de 6 años?. Lo de mi hermano no pregunto porq son 24años y ya imagino q no hay nada q hacer
Buenas tardes , soy coordinadora de un grupo de seguros , por lo que veo hay personas que tienen irregulardades en sus polizas de decesos y problemas con el capital establecido . os indico que el valor del servicio , lo estipula el ayuntamiento de su localidad , es decir , el precio lo establecen en funcion a la localidad que sea , en algunas localidades el valor del servicio oscila entre 5.000 eu (servicio completo entierro o nicho en alquiler 5 años), personalmente lo recomendado es incineracion ya que sea la compañia que sea va a prestarle en principio un nicho en alquiler de 5 años , que usted va a tener que volver a pagar cuando dicho tiempo pase, al fin y al cabo este tema es de libre eleccion. retomando el tema , puedo asesorarles personalmente sin compromiso, en todo el territorio español. mi numero de contacto es el 632XXXXXX horario laboral y sabados por la mañana . ANALICEMOS SU POLIZA
NOTA: Número de teléfono editado ya que no permitimos la oferta de servicios profesionales de terceros en nuestro blog. GRACIAS
Buenas tardes, les quería hacer una pregunta por si alguien me puede ayudar, somos una familia de 4miembros y estamos en la preventiva , tenemos una póliza mixta de decesos, como antes éramos de la fe nos vinieron al visitar y nos dijeron que habían lanzado una promoción para los antiguos clientes, aunque es mentira porque la oferta pone miembro de 4 con el tomador menor de 45 (pareja con dos hijos) el 60°/•descuento .me dice el de la fe que es nivelada , pero en los papeles no lo pone , y el de la preventiva me dice que es una oferta que en poco tiempo me van a subir y voy a pagar como los demás. Tengo un capital de 2890 para entierro .Mi pregunta es:el de la fe me está engañando y si es así en donde lo pone graciaa
Hola. No he tenido nunca seguro de decesos.
Por lo que me gustaría, que alguien me aconsejara, que compañía es la mejor en España, en precio y coberturas, en la TARIFA NIVELADA, para
tres personas: Un servidor, con 67 años…..Mi esposa, con 64 años y nuestro hijo con 40 años.
En espera de sus respuestas, les envío un afectivo saludo y les doy las gracias.
Hola Javier.
El seguro deberá pagarlo mientras no lo use, es decir, mientras no se muera.
Saludos
Buenas Noches! Una pregunta muy sencilla.
Seguro Mapfre de decesos para mi y mi hijo en la modalidad de pago a cinco años ( pago trimestral). Recibo la poliza ( borrador) y pone la suma asegurada garantizada en poliza para cada uno de los asegurados se incrementará todos los años un 2.5 por ciento acumulativo.
¿Quiere decir esto que una vez que pague los cincos años que tengo que pagar tengo que seguir pagando hasta que me muera ese 2.5 por ciento de la cantidad asegurada de 3678 euros por cada uno. Haciendo cuentas 74 euros al año por cada uno? o solo durante el periodo de esos cinco años mi agente de la oficina la verdad que no lo sabe explicar muy bien o lo explica a medias para que no me entere.
Muchisimas gracias por su atención.
Hola Sandra.
Usted ha estado cubierta hasta el momento en el que lo ha cancelado, no entendemos en qué podría basarse la devolución.
Saludos
Hola.
Me he dado de baja de un seguro que decesos que venia pagando en Segurcaixa hace 5 años. Puedo reclamar la devolución del dinero pagado?
Gracias.
En el momento de contratar un poliza de decesos es importante que sepamos el tipo de prima a contratar, ya que sera determinante en las subidas de tal poliza.
Llevo años en el sector y decesos es el producto q mas me gusta, lo importante es decirle siempre la verdad al cliente para que sepa en todo momento lo que va a contratar. yo siempre recomiendo la prima NIVELADA, pq al principio es mas elevada pero en realidad es mas barata al final , por que en la prima natural, al principio se paga muy poco pero las subidas son muy agresivas, tanto que cuando en realidad nos haga falta no podremos pagar los recibos , e incluso darnos de baja. una prima mixta es bastante asequible durante toda la vida del seguro siendo el capital de nivelada constante, e incrementa el capital de natural.
De todas formas si alguien tiene alguna duda no dudeis en preguntarme , que con todo el gusto os respondere.
Hola Jesi:
El asesoramiento personalizado requiere el estudio de la documentación completa a través de un consulta juridica.
Saludos
Hola, mi suegro tenía un presupuesto de 6000 euros,hemos echo uso de todo excepto del alquiler del nicho,y nos han devuelto 600 eur,nos parece poco dinero t quisiera saber si me puedes informar,gracias
total, aún no sè si…………
contratar prima natural sobrina nivelada…donar ahorrar
estoy peor que antes de empezar….un saludo
Hola Sonia:
Cada compañía es independiente por lo que no ha pagado «toda su vida un seguro» sino sólo seis meses el seguro que estaba en vigor. Deberá acreditar que la enfermedad no existía en el momento de la contratación y si existía no debió contratar un seguro ocultando información.
Saludos
Estimados Sres. Mi padre falleció en diciembre de 2013.Desde 1948 ha estado pagando su seguro de deceso en OCASO, en 2008 se pasó a GENERALI y desafortunadamente en junio de 2013 a PREVENTIVA, estos últimos se niegan a cubrir los gastos del funeral alegando que ocultó una «supuesta» enfermedad. ¿Cómo es esto posible después de toda una vida pagando seguro? Les agradecería enormemente una respuesta ya que a los abogados que he consultado están un poco «perdidos» en este tema. Gracias
Lo que esta claro que esto es el timo de la estampita…Es mas lógico abrirse una cuenta e ir ahorrando antes que pagar un seguro ,porque pagaremos el triple del entierro…Como todo es pena para unos y enriquecimiento para otros…Y nadie es capaz de acabar con este robo …
Hola Rafael.
Dependiendo del tipo de prima que tenga contratada el importe subirá más o menos al incrementar la edad. Eso no depende de los recursos económicos de su madre.
Acuda a un abogado o gestor que estudie su contrato.
Saludos
Hola, mi madre es la tomadora de un seguro de decesos, mi hermana y yo estamos asegurados. Tengo dos problemas: primero, a mi hermana que está en otra compañía con su marido, dicen que puede que no le acepten darle de baja, que la compañía tiene que estar de acuerdo; segundo, que a mi madre de 17€ que pagaba hasta 2012, le han subido en 2013 a 20€ y este año ha subido a 28€. Lo justifican con la subida del IVA. Además dicen que si aceptasen la baja de mi hermana, la reducción sería casi inapreciable.
Mi madre tiene 82 años y se siente atrapada en un seguro que la está exprimiendo en cuotas según avanza su edad y ve reducido sus ingresos. Este año le han subido 1€ la pensión. Gracias
Hola Ezequiel.
Le dará de baja y le reclamará el importe de los recibos no pagados.
Saludos
Hola Agustín.
Si entiende que no le han calculado bien su prima puede reclamar en el defensor del asegurado.
Las compañías tienen libertad para fijar el importe de sus seguros en función del riesgo.
Saludos
Si no pago dos o tres recibos del seguro de decesos, la compañía le da de baja ?
HOLA, MI CONSULTA ES COMO SIGUE; TENGO CONTRATADO PRIMERO CON FINISTERRE HASTA SER ABSORVIDO, POR MAPFRE, UN SEGURO DE DECESOS MIO Y DE MI ESPOSA,TENEMOS EN LA ACTUALIDAD 73 ESTAMOS ASEGURADOS 70 AÑOS, Y A PARTIR DE LOS ULTIMOS OCHO AÑOS NOS HAN AUMENTADO LA PRIMA EN MAS DEL 300%, EN LA COMPAÑIA DICEN (que aumentan los capitales, que se actualizan Etc). PREGUNTO; TENGO QUE SOPORTAR ESTAS SUBIDAS YA QUE SI DURAMOS 10 AÑOS MAS NO PODREMOS PAGAR LA PRIMA Y A NUESTRA EDAD TANPOCO PODEMOS CAMBIAR DE COMPAÑIA,QUE SOLUCION PUEUDO TENER , CONSIDERO QUE ESTO ES UNA TRAMPA Y UN ATRACO, AL CIUDADANO, GRACIAS ANTICIPADAS.
Hola Marisol:
El daño que le han ocasionado es lo que ha pagado de más y eso se lo van a devolver. No veo qué más puede querer reclamar.
Saludos
Mi padre ha fallecido el 18 de Diciembre del pasado año. Tenía contratado el seguro de decesos con Santa Lucía y cuando estábamos con todo el proceso del funeral se pusieron en contacto conmigo para comentarme todos los trámites que iban a empezar a hacer; yo les recordé que anularan en la póliza a mi padre, ya que mi madre seguiría pagando por ella , y que en el recibo del mes de Enero sólo cobraran la parte correspondiente a mi madre. La persona que me estaba atendiendo al teléfono
me contestó que como nos iban a pasar una cuota de una persona fallecida, que ya quedaba constancia en el ordenador y cual es mi sorpresa cuando en el mes de Enero pasan al cobro el recibo por los dos, por mi padre y por mi madre. Enseguida me pongo en contacto con la compañía y claro acaban dándome la razón pero lo único que me dicen es que ha sido un error y que devuelva el recibo que ya nos pasarán otro con la nueva cuota. Ya lo he hecho, pero podría reclamar algo más.
Gracias. Un saludo.
Hola Merche.
Simplemente, cuando llegue la renovación del que quiera resolver, informe con un mes de antelación al seguro de que no desea seguir con ese contrato.
Un saludo
Hola, tengo un problema con las empresas de seguros. Hace un tres o cuatro años, cuando fallecio mi abuela, mi tia se dio cuenta que me estaba pagando desde no sabe cuando, el seguro de decesos, y no podia con todos los gastos. Me tranfirio los gastos de mi madre y el mio, pero se queso eun asi como tomadora ella, por la antiguedad.
Al año siguiente una persona que creia de confianza me asesoro vendiendome otro seguro de decesos, de otra compañia y me dijo que solo con devolver los recibos de la primera, ya me daban baja automaticamente, y le crei. Con los meses recibi una llamada diciendome que esto repercutiria en la tomadora, y por evitar historias segui con los dos seguros. ¿Como puedo darme de baja????
Hola Aida.
Seguro que el abogado que les atendió y estudió su caso puede asesorarles mejor sobre el particular.
Si el plazo se sigue alargando podrá plantearse la reclamación judicial o ante la Dirección General de Seguros.
Un saludo
Hola, mi consulta es en relación a un seguro de decesos con LA ALIANZA ESPAÑOLA, que tienen contratado mis abuelos.
Hace un año mi abuelo falleció y aún no han efectuado el pago del funeral, nos hemos puesto en contacto con ellos, nosotros, la funeraria y un abogado, sólo saben decir que el expediente esta en tramite, hablar con ellos es como hablar con un robot, todos tienen el mismo discurso aprendido.
Hasta ahora hemos seguido pagando todos los meses la cuota para que no dijeran que habíamos incumplido el contrato.
Ha fecha de hoy, hemos tomado la decisión de dejar de pagar, porque ya hemos perdido suficiente dinero.
Con mandar un burofax al departamento de bajas es suficientente?
Que más puedo hacer para reclamar el pago de sus servicios?
Gracias
Perfecto.
Podrías indicarme seria necesario para el estudio y que pasos a seguir para poder reclamar.
Muchas gracias.
Hola Raquel:
Como te indicamos sería necesario un estdio previo. No obstante parece que sí hay fundamento y base para una reclamción.
saludos
Hola.
No comunicaron ningún cambio. La misma póliza la teníamos contratada con mi abuelo y al fallecer nos devolvieron la diferencia al ser el nicho en propiedad.
Es cierto que en Adeslas nos dicen que han cambiado las condiciones de la póliza, pero a nosotros nos no enviaron el condicionado nuevo.
Hola Raquel.
Dependerá de las condiciones que tuvieran contratadas y si ese cambio fue o no comunicado. Necesitaríamos estudiar la documentación.
Un saludo
Buenas tardes.
Mi abuela fallecio y tenia contratada un póliza de decesos con Aresa que ha sido absorbida por Adeslas Segurcaixa hemos solicitado la reclamación de capital al tener un nicho en propiedad , y la compañía nos dice que no abonan nanda al ser en la comunidad de Madrid. Nos dicen la diferenia entre los gatos del sepelio y lo que tenía contratado serian 1500 €, que es lo que tendrian que devolvernos pero que desde Enero de este año no devuelven nada. Hay posibilidad de hacer alguna reclamacion.
Gracias.
buenas tardes, tengo un seguro de decesos desde hace 23 años pero con una antiguedad de 50 pues anteriormente estaba en la unidad familiar de mis padres.
Pago la prima mensualmente a traves de un cobrador que viene a mi domicilio. Desde hace tres meses estan detras de mi para que domicilie los pagos por banco y llevan dos meses sin venir a cobrar. En mis condiciones generales de la póliza pone claramente que el pago se realizará contra recibo librado por el asegurador, en el domicilio del tomador en efectivo y al contado, no haciendo ninguna referencia especifica en las condiciones particulares de la póliza. Mis preguntas son las siguientes:
Cuales son las obligaciones de la compañia en este caso.
Si hay incumplimiento de contrato por parte de ellos, ¿me pueden dar de baja unilateralmente trascurridos dos recibos sin pagar? ¿Que ocurre si hubiera un siniestro durante este tiempo? Si transcurren varios meses y no pasan a cobrarme ¿puedo darme de baja?¿Tendría que pagar primero los recibos pendientes?
Comentar que mi exclusiva intención es de seguir como hasta ahora, no admitiendo otra forma de pago.
Gracias y saludos.
Buenas tardes,
He contratado con OCASO una póliza Oro Esencial Plus para mi mujer, mis dos hijos y yo que paso desde otra póliza en la que estaba contratada con mis padres desde pequeño ahora tengo 43 años. Comienzo con un recibo de 14,21 Euros/mes, teniendo un capital inicial contratado por 1.750,00 Euros, siendo la prima nivela, constando una tasa de contratación y otra de actualización con un 5% de capital asegurado. La cuestión es que según la Estimación de Evolución de Capitales en el año 2013 tendría un incremento de capital de 350,00, tasa por mil 38,21 y un incremento sobre la prima neta 13,37. Al final del proyecto y según indica, en el año 2060 tendría un incremento de capital de 3.302,00, tasa por mil 38,21 y un incremento sobre la prima neta 126,17.
La primera cuestión que se me plantea. Si en el primer año tendría una subida de 38,21 lo que supondría que el recibo a pagar pasaría 15,32 €/mes ¿según esto en el año 2060 se pagarían 212,66 €/mes, o por el contrario el cálculo se realiza de otra manera? Según la aseguradora hay que restar del incremento sobre la prima neta el resultado del año anterior, algo que no me queda nada claro.
Si un el capital inicial contratado es por 1.750,00 Euros y según me he informado un servicio de defunción tiene un coste aproximado de 3.500,00 € ¿la diferencia que tendría que abonarla? Según la aseguradora ellos pagan por el servicio por lo que es indiferente el capital inicial, tampoco lo creo.
A la hora de contratar me informaron que la subida sería lo marcado por IPC, según el articulo 105 bis la nota informativa debe entregarse antes de la formalización del contrato. La subida no se corresponde con lo informado y la nota fue entregada después de la firma, según he leído al tratarse de una póliza con prima nivelada, el cambio a otra compañía ¿perjudica de alguna manera, el contrato se firmo el 06 de febrero, tengo algún plazo para invalidarlo? Si todo es como me parece me siento totalmente timado.
Gracias y saludos,
Hola Ingrid, Si la oferta de preventiva es con prima mixta (yo lo he contratado así)es una buena opción. El seguro funciona con prima natural y a los 70 años nivela, saludos
completando la pregunta anterior, siempre pensando que falleciera en hospital, pero y si ocurre en otro sitio distinto ( domicilio, carretera, etc.) sería en las mismas condiciones que en el hospital, para que me quede bien claro, gracias y saludos
Gracias por la información, despues de los estudios cientificos mi familia no quiere restos ninguno, por lo tanto se harian cargo el hospital de esos restos y mi familia se quedaria liberade todo posteriormente, gracias nuevamente
Hola Pedro.
A pesar de las funciones científicas, muchas personas desean que sus restos se incineren y permitan ser guardados por sus familiares. En ese caso sí puede ser adecuado.
Un saludo
hola, teniendo testamento vital y donando mi cuerpo para estudio de la ciencia, es necesario tener seguro de deceso? gracias
Queridisimos Abogados de Valencia,quisiera que si me pueden contestar a la pregunta de la póliza nivelada nos tienen que cobrar la prima por cada 1000 de capital o no ?muchas gracias
Hola Ingrid:
Lo que se paga al mes, tal y como se explica en el artículo, es sólo una de las cosas que hay que tener en cuenta. Para dar un juicio fundamentado hay que estudiar las condiciones de una y otra. El que te aconseje sin conocer el fondo de la relación contractual planteada lo hace desde la temeridad.
un saludo
y cúal es mejor para nosotros,en la preventiva pagamos 13euros al mes por los cuatro y un seguro de vida de 15.000 euros para mi marido y otro para mi.
Hola Ingrid:
Para estudiar casos concretos se debe acudir a un asesor fiscal, gestor o abogado que pueda estudiar ambos documentos. Lo importante es estudiar las condiciones de cada uno.
Saludos
Buenas tardes,mi marido está en la Fe y mis hijos y yo estamos en ocaso,nos vinieron a ofertar una póliza de seguros de decesos de la Preventiva de la póliza mixta ,al marcharnos de las otras dos nos están intentando convencer de que la de ellos es mejor,ocaso me dice que me oferta una póliza nivelada para los cuatro por 18 euros al mes y el 2.5% tasa 1000 capital fijo cada uno de los componentes+impuestos,que es lo que pone el articulo 105 bis,la Fe nos dice 20 euros y( que ami con 40 años me hace una oferta del 20%,para que me quede igual que mi marido porque vengo de otra compañia y que me lo respectaria siempre) para los tres y el pequeño gratis durante dos años y que la póliza de ellos es nivelada y solo suben si sube la vida ,pero no me pone nada mas porque no sabe cuanto va a subir la vida y que la tabla de subida no es para la nivelada y no me la enseña,¿quién dice la verdad?
Buenas tardes, me parece muy bien la labor que hacen informando desinteresadamente sobre este tipo de producto, pero me gustaria aclararles que discrepo en su explicación de la prima nivelada ya que creo que confunden prima con tasa, lo que se mantiene constante en el tiempo es la tasa que aplican sobre el capital contratado el primer año, pero la prima va variando todos los años como a razón de los incrementos de capital y de las nuevas tasas aplicadas a este capital. Si desean una explicación más detallada visiten nuestro blog http://www.unipoliza.com/blog/50-blog/120-seguro-de-decesos-prima-natural-o-nivelada
Hola Javier,
Habría que estudiar las clausulas de su contrato pero en principio por lo que plantea es una única póliza para dos personas, por lo que la resolución es del contrato en total y no de cada una de las partes por separado.
No obstante, puede reclamar por escrito a la compañía para que lo traten como pólizas separadas (aunque dependerá de la valoración que hagan)
Un saludo
Buenas tardes. tengo un seguro de decesos en el que estamos mi padre y yo de de 75 años y yo de 40 al querer darme de baja yo, me han dicho que no puedo que si lo hago nos dan de baja a los dos. Es legal esto? lo pueden hacer? Muchas Gracias.
El cálculo es el método de la empresa en función de la valoración de sus riesgos.
Por eso tienen que avisarle con un mes de antelación a la renovación de la proxima prima.
Si no le interesa, deberá comunicarlo a la aseguradora antes del vencimiento.
Saludos
cómo puedo saber cómo hayan la cuota de cada asegurado, ya sea por edad o por algún tipo de riesgo?.
Gracias.
Hola Antonio:
Si hay una modificación del riesgo, las anualidades siguientes deberán acomodarse a la nueva situación.
Un saludo
Una pregunta<: Mi padre, fallecido, tiene un seguro de decesos con un dinero para accidente incapacidad permanente. Uno de los asegurados ha sufrido un accidente con incapacidad permanente total. Estamos reclamando esa cantidad por el accidente. Después, si nos dieran algún dinero por ello, subiría la cuota por decesos por estar asegurado el incapaz; o sea, si ellos se enteran de que dentro de los asegurados hay un incapacitado permanente, subiría la cuota del seguro de decesos por él?
Muchas gracias.
Hola Monica:
La falta del pago de la prima suspende la obligación de efectuar la prestación aplicando el art. 15 de la ley de contrato de seguro.
Si una de las partes no cumple lo que le incumbe no puede exigir a la otra que cumpla lo suyo.
Un saludo
por favor serian tan amables de contestarme una duda que tengo, yo pago el seguro decesos de mi padre, y por motivos economicos ultimamente me retraso en algun recibo, quedandome siempre uno atrasado. En el caso de que mi familiar falleciera, si tengo un recibo impagado , me cubririan el entieero, o la compañia se puede negar. Gracias