El Timo es un tipo de estafa. Varios son los elementos que constituyen el tipo del delito de estafa, lo que hace que sea uno de los más frecuentes en el Derecho Penal, siendo imprescindible la concurrencia de todos ellos para la aplicación del tipo delictivo. Los abogados penalistas de nuestro Bufete le brindarán el asesoramiento necesario en su situación concreta, ofreciéndole toda su experiencia para saber actuar e intentar resarcir el daño ocasionado en caso de haber sido víctima de un timo.
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La estafa y el timo, como delitos que son, quedan regulados y penados por lo dispuesto en el Código Penal y en concreto en el artículo 248 en su apartado primero, que lo define de esta forma:
Artículo 248.1 del Código Penal.- “Cometen estafa los que, con ánimo de lucro, utilizaren engaño bastante para producir error en otro, induciéndolo a realizar un acto de disposición en perjuicio propio o ajeno”.
Tipos de timo
Son, por tanto y tal y como acabamos de ver, cinco los elementos conformadores del delito de estafa:
- Engaño precedente o concurrente.
- Engaño bastante.
- Error en el sujeto pasivo.
- Perjuicio patrimonial para el sujeto pasivo.
- Ánimo de lucro.
¿y qué ocurre cuando el que pretende estafar es “estafado”? Nos encontramos con la conocida figura del timo. Por lo tanto la diferencia entre timo y estafa es simplemente que los timos son un tipo de estafa en el que se hace creer al timado que está consiguiendo una posición muy ventajosa respecto de otro (el timador) y que va a ganar fácilmente una importante cantidad de dinero. Los timos por lo tanto son estafas que se basan en la avaricia de la víctima.
Timos de la lotería
Los autores realizan un envío masivo de correos electrónicos a direcciones obtenidas por Internet, en los cuales utilizan fraudulentamente logotipos tanto de organismos de lotería nacional («Lotería Primitiva» , «El Gordo de la Primitiva» , «Lotería Nacional» , etc.) como inventados («Nacional Loto» y similares), en los que afirman que el receptor ha sido agraciado con el primer premio (que es millonario), aunque, curiosamente, la presunta víctima no ha participado en ninguna clase de sorteo.
El único requisito que hace falta para cobrar el premio es el pago de una cantidad de dinero en concepto de pago de impuestos, aranceles, tasas o similar, para lo cual se facilita una cuenta bancaria o se solicita una transferencia a través de Western Unión.
Una vez que la víctima ha ingresado la cantidad de dinero solicitado, se consuma la estafa y ya no vuelve a saber nada de los autores.
Timo del instalador
El estafador se presenta en el domicilio de la víctima. Van vestidos con mono de trabajo. Se presenta diciendo que es trabajador de la empresa instaladora del gas, de luz o de agua y que viene a realizar una revisión de la instalación. Aparenta realizar varios trabajos técnicos; normalmente, se limita a abrir y cerrar un par de tapas y pegar un par de golpes con el destornillador. Finalizado el trabajo extienden una Factura. Evidentemente, se trata de una Factura falsa, tan falsa como el falso instalador.
Timo del tocomocho
La estafa suele desarrollarse en estaciones de tren o aeropuertos, mediante una persona que abordando a la víctima manifiesta tener un billete de lotería premiado y que por las prisas no puede cobrar. Pide a la víctima desesperadamente que le abone una pequeña parte de la cantidad que supone el premio, ya que debido al viaje que tienen que hacer no puede cobrar. Para dar mayor credibilidad interrumpe otro aparente transeúnte gancho que suele afirmar la autenticidad del premio exhibiendo un listado de boletos premiados en un periódico. La víctima accede a aportar la cantidad del dinero premiado y cuando va a recuperarlo a la ventanilla de la lotería comprueba que el billete es falso.
Timo de la estampita
La víctima es abordada por una persona que aparenta tener cierta discapacidad intelectual. Ésta le enseña una bolsa que parece estar llena de billetes, incluso pueden verse algunos. El estafador no da ninguna importancia a lo que lleva diciéndole a la víctima que en la bolsa lleva «estampitas» o «cromos» y que en casa tiene muchos más. En ese momento interrumpe otro aparente ciudadano , el gancho, el cual ofrece a la víctima la posibilidad de engañar al presunto discapacitado comprándole la bolsa por una cantidad de dinero. Sin embargo, el gancho, dice no tener dinero para participar en la «compra» de la bolsa.
No obstante anima a la víctima a realizar la compra dados los grandes beneficios que le va a reportar el «engaño». Incluso, el gancho se ofrece para acompañar a la víctima a buscar dinero, al objeto de que no tenga ningún contratiempo. Una vez que la víctima materializa la «compra» entregando el dinero por la bolsa desaparecen los dos estafadores. Cuando la víctima abre la bolsa comprueba que no contiene billetes sino tacos de recortes de papel.
¿acaso no merece tamaño castigo quien, no habiendo jugado a la lotería, es vencido por la avaricia pensando que le van a REGALAR dinero?
Timo del nazareno
Los estafadores se instalan en un lugar alquilando un almacén a nombre de una empresa. Empiezan a realizar pequeños pedidos, pagándolos con antelación a la entrega. De esta manera los estafadores se ganan la confianza de las víctimas. Seguidamente realizan grandes pedidos de mercancías, diciéndole a los suministradores que los pagos los van a realizar en varios plazos. Incluso, pueden llegar a cumplir el primero de dichos pagos. De forma repentina, la empresa desaparece de lugar, llevándose la mercancía y dejando pendiente de abonar las deudas contraídas. Cuando las empresas de suministros estafadas quieren hacer gestiones para ejecutar el cobro comprueban que la empresa que les hizo los pedidos no existe.
Timos del vehículo a la venta
Se ha puesto de moda en páginas de compraventa en internet el siguiente tipo de timos:
1.- El primero consiste en que una persona de otro país se muestra interesada por uno de los coches anunciados. Se trata de una persona que estaría dispuesta a pagar una cantidad de dinero muy superior a la solicitada en la página de internet, así que el presunto vendedor envía un cheque al propietario del vehículo por la cantidad de dinero ofrecida.
Tras ello, el estafador le dice al vendedor que ha caído en un error y el pide al vendedor que cuando ingrese el cheque haga una transferencia o giro postal a través de Western Union por la diferencia.
El vendedor, al confiar en la validez del cheque, hace la transferencia de vuelta por la diferencia, confiando en un comprador que le ha ingresado una ingente cantidad de dinero.
Después de un corto espacio de tiempo se le avisa de la entidad bancaria de que la cuenta consignada en el cheque no tiene fondos o no existe, por lo que por una parte no dispone del dinero apalabrado y por otra ya ha perdido la cantidad transferida. El vehículo no cambia de manos en ningún momento, pero el vendedor ha perdido varios miles o cientos de euros.
2.- En el segundo método es el comprador el que resulta estafado. El presunto vendedor dice que no le importa mandar el vehículo a la residencia del comprador, pero que a cambio solo quiere saber si éste tiene realmente el dinero y que no se trata de un engaño, así que le solicita que haga una transferencia por Western Union, pero poniendo como beneficiario un nombre ficticio, así el estafador podría ver en la página web de esta empresa que realmente se ha hecho el pago, aunque no pueda acceder al dinero. Una vez visto esto le mandaría el vehículo en un plazo de 2 ó 3 días. La estafa consiste en que el comprador mediante un documento adecuadamente falsificado -dispone de varios días para confeccionarlo- cobraría el dinero sin enviar vehículo alguno.
Por José Miguel Serrano Gutiérrez, Director de Abogado Amigo en Madrid
Jose Lete.
El plazo para ejercitar el derecho de desistimiento se computa siempre desde el momento de la compra. Si el curso no cumple sus expectativas deberá reclamar por que su publicidad no es ajustada a la realidad (y probarlo).
Hola,Desistimiento de curso a realizar por internet
He comprado un curso por internet a pagar en 3 plazos. El primero pagado el 19 de noviembre 2019, el segundo el 19 de diciembre y el tercero tocaría pagarlo el 19 de enero de 2020 y que no lo voy a hacer, por desistir del mismo. El curso no ha empezado hasta el 6 de enero de 2020. Es decir, no he tenido oportunidad de evaluar el curso que consta de seis módulos, y que van liberando por medio de una plataforma de internet, a razón de un módulo por semana.
El curso lo publicita la empresa de quien lo está impartiendo, persona muy convincente, pero el contrato se hace a través de una plataforma de internet, con sede en Amsterdam, que es el medio que se utiliza para seguir la formación, además de otras herramientas informáticas, cuyo acceso se obtiene facilitado -esos si- por la empresa formadora. Es decir, tenemos la empresa del director del curso, comercial y profesor y a miembros de su empresa que facilitan otras herramientas y tutorizan el seguimiento del curso, y a la empresa que hace el contrato y con cuya plataforma se accede al curso.
Me he dirigido en plazo, -10 días después de iniciares el curso- a al primero, es decir a la empresa que lo imparte y a través de cuyos correos he accedido al curso. Y me responden “Nosotros como formadores no podemos interferir en las condiciones de garantía que son impuestas por XXXX y que se indican en las condiciones de compra. Por favor, si tienes alguna duda ponte directamente en contacto con ellos a través del correo xxxx”
Efectivamente, en las condiciones de compra se indica que hay 15 días para solicitar la devolución del mismo. En un chat de la formación hacen referencia a que el periodo de devolución es desde la fecha de compra y no desde la fecha del inicio del curso (recuerdo haber visto algo de eso: que es desde la fecha de compra, pero no lo encuentro en la ingente cantidad de correos que nos enviaron, ni me facilitaron copia del contrato). Yo entiendo que ha de ser a los 15 días de evaluarlo, sino hurta al consumidor la posibilidad de, una vez evaluado parcialmente (recuerde que no han liberado todos los módulos, sino uno a la semana, y solo van dos de seis).
Cuando hemos entrado en materia, me doy cuenta de que una cosa eran los argumentos de ventas que decían que la temática era fácil, empero, no se corresponde con lo farragoso de la formación. Consulté por e-mail sobre ese particular y me tranquilizaron sobre lo fácil del método, pero no se corresponde lo anunciado con lo obtenido.
Me han remitido a un correo electrónico de la plataforma y firma que factura, del que no obtengo respuesta y a una página web que está en idioma brasileño, que no entiendo.
Si es así, ante el desentendimiento de la empresa formadora y vendedora y la empresa facturadora y prestadora de la plataforma, no creo que me quede mas remedio que hacer una cruzada de afectados por los medios de comunicación: televisiones, plataformas, digitales, redes sociales, etc. hablando de mi/nuestra experiencia y abriendo los ojos a posibles potenciales clientes ante este presunto fraude, ante las sospechas engaño económico, que no garantiza nuestros derechos como consumidores.
Montse:
No, no hay un valor para ser considerado estafa. Debe reunir los requisitos del tipo, fundamentalmente la intención desde el inicio de generar un engaño y no tener intención de cumplir. Si simplemente no se ha cumplido un contrato (por la causa que sea) que inicialmente se pretendía cumplir, será un incumplimiento contractual, a reclamar en el ámbito civil.
Cuando se solicita un servicio y pagas por transferencia y no se da el servicio.. Que se considera?
Hay un número concreto de euros para considerar delito?
Me llega correos Siria y Brasil pidiendo que aga un depósito de 800dolares